CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA QUE INDICA
Santiago, 10 de mayo de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 377 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) El decreto supremo Nº 40, de 12.03.1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, para la localidad de Vallenar, a la señora Gretta Gabriela Pizarro Bugueño;
g) La resolución exenta Nº 3.446, de 29.06.2010, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2010, y
h) Resolución exenta Nº 157, de 06.01.2012, que declaró desierto el concurso público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2010 para la localidad de Vallenar, frecuencia 1.320 kHz.
Considerando:
a) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13º de la ley, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, durante el primer mes de cada cuatrimestre calendario, deberá llamar a concurso con no menos de 180 días de anterioridad a su vencimiento del plazo de vigencia de una concesión de radiodifusión.
b) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para postular al otorgamiento de concesión de radiodifusión sonora, publicado en el Diario Oficial Nº 39.661, de 15.05.2010, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2010, rectificado por la resolución exenta Nº3.083, de 07.06.2010, publicada en el Diario Oficial el 15.06.2010;
c) Que, la concesionaria señora Gretta Gabriela Pizarro Bugueño, no se presentó a la renovación de la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada para la localidad de Vallenar, frecuencia 1.320 kHz, como consta en el Acta de Apertura de 24.09.2010, ante lo cual corresponde la extinción de la concesión.
d) Que, de conformidad al artículo 23º de la ley, la extinción de la concesión debe certificarse por decreto supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial.
Decreto:
Certifícase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º, número 1, de la ley, la extinción por vencimiento del plazo de la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, señal distintiva CA-132, para la localidad de Vallenar, III Región, otorgada a la señora Gretta Gabriela Pizarro Bugueño, RUT Nº 2.914.943-7, mediante el decreto supremo citado en la letra f) de los Vistos, por no haberse presentado a la renovación de la concesión en el concurso público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2010.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.