Artículo 166.- Las características DFL 10-2345/79
Art. 25.
Art. 25.
de las mercancías que se consignen
en los catálogos serán simples datos
ilustrativos que no comprometen la
responsabilidad fiscal en cuanto a su
efectividad, correspondiendo a los
subastadores comprobar estas referencias
durante la exposición previa de las
mercancías al público.