Artículo 3°.- Mientras no se dé DFL. 213/53.
Art. 7°
transitorio.
Art. 7°
transitorio.
cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 241 continuarán aplicándose
las normas vigentes al 11 de DL. 743/74,
Art. 1°.
Art. 1°.
Noviembre de 1974 sobre esas materias
en todo lo que no se opongan las
disposiciones del decreto
ley 743 de 1974.