Añade requisitos a quienes aspiran a obtener las licencias de conducir profesionales A3 o A5.

En aquellos casos de conductores que requieran licencia A3 o A5 y no acrediten tener otra licencia profesional por un plazo de al menos dos años, se les exigirá haber aprobado un curso teórico y práctico especial en una escuela de conductores profesionales. Ese curso debe contemplar el uso de simuladores de inmersión total u otra tecnología equivalente, que asemeje las condiciones  reales de conducción.

Un reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, emitido dentro de los tres meses posteriores a la publicación de la ley, debe definir  las características y especificaciones técnicas de esos simuladores.

Los conductores deberán además aprobar en la Municipalidad respectiva el examen teórico correspondiente a la clase de licencia profesional a la que se postula.

El requisito de cumplir con el curso rige sólo a partir de la tramitación total del reglamento que debe dictar el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

La ley consta de un artículo permanente y dos artículos transitorios.


    Artículo primero.- El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá emitir los decretos que aprueben los reglamentos que se establecen en la presente ley y los que aprueben las modificaciones correspondientes a reglamentos vigentes, dentro de los noventa días posteriores a la fecha de su publicación.