Artículo 67. Ordenanza 36,
MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN
Art. 2
D.O. 18.12.2024
De la Mesa Técnica de Participación de la Niñez y Juventudes. La Mesa Técnica de Participación de la Niñez y Juventudes será una instancia municipal que tendrá como objetivo promover y fortalecer procesos de participación de niñez y juventudes en la comuna:

    1. DE LOS INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DE PARTICIPACIÓN DE NIÑEZ Y JUVENTUDES. La Mesa Técnica de Participación de Niñez y Juventudes será una instancia conformada por al menos dos integrantes de la Dirección de Desarrollo Comunitario, un integrante del Departamento de Participación, dos integrantes del Departamento de Promoción de Derechos y Prevención Social de la Dirección de Seguridad Humana (siendo uno de ellos un integrante de la Oficina Local de la Niñez), un representante de la Dirección de Control, un representante de la Corporación Municipal de Educación de Peñalolén y representantes de otras Unidades o Direcciones que se considere pertinente estén presentes.
    2. DEL OBJETIVO GENERAL DE LA MESA TÉCNICA DE PARTICIPACIÓN DE NIÑEZ Y JUVENTUDES. La Mesa Técnica de Participación de Niñez y Juventudes tiene como objetivo generar condiciones para el ejercicio del derecho a la participación en coherencia con la Política Local de Niñez y Juventudes y conforme lo indicado en la presente Ordenanza.
    3. DE LAS FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE PARTICIPACIÓN DE NIÑEZ Y JUVENTUDES. La Mesa Técnica de Participación de Niñez y Juventudes, tendrá las siguientes funciones:

    a) Elaboración y ejecución de un plan anual de trabajo.
    b) Incorporar la opinión del Consejo de los niños, niñas y jóvenes en la formulación del plan anual de trabajo.
    c) Apoyar en la elaboración y ejecución del plan anual de los niños, niñas y jóvenes.
    d) Apoyar en la elaboración del reglamento de funcionamiento del Consejo de niños, niñas y jóvenes.
    e) Asegurar la participación de niños, niñas y jóvenes por medio de las distintas instancias de participación que esta ordenanza indique y todas aquellas instancias municipales de participación.
    f) Asegurar que dicha participación sea representativa de todos los macro sectores de la comuna:
 
    . Sector La Faena/Sector Lo Hermida/Sector Peñalolén Alto/Sector San Luis.

    g) Sistematizar la información y entregar la información relevante a las redes comunales.
    h) Capacitar, sensibilizar y formar en materias de participación de NNJ y en enfoque de derechos, a las redes locales que trabajan con niñez y juventudes, a la comunidad en general y a funcionarios y funcionarias municipales y/o de las Corporaciones municipales.
 
    4. DE LAS SESIONES EN GENERAL DE LA MESA TÉCNICA DE PARTICIPACIÓN DE NIÑEZ Y JUVENTUDES. La Mesa Técnica de Participación de Niñez y Juventudes, deberá reunirse en forma periódica y podrá formar comisiones de trabajo para estudiar, analizar o articular en materias de su competencia. La Mesa Técnica de Participación, se reunirá de forma Ordinaria, como mínimo 3 veces al año.
    5. DEL ENCARGADO DE LA MESA TÉCNICA DE PARTICIPACIÓN DE NIÑEZ Y JUVENTUDES. Un representante del Departamento de Promoción de derechos y prevención social de la Dirección de Seguridad Humana ejercerá la coordinación de esta Mesa, a quien le corresponderá:
 
    a) Presidir y convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
    b) Dirigir los debates con prudencia y equidad.
    c) Velar por la incorporación de los Principios y consideraciones de la Política Comunal de Niñez y Juventudes, así como lo dispuesto por esta Ordenanza.