Artículo 14.- LasDecreto 30,
M. DE PEÑALOLEN
N° 1 A)
D.O. 13.05.2022
instancias de participación tienen por objeto la intervención de todos los vecinos y vecinas de la comuna de Peñalolén en la vida política, económica, cultural y social de ésta, dando cumplimiento a su rol de canal inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos.
    Así, las instancias de participación generarán espacios de consulta, información, sugerencias y de formulación de propuestas, facilitando que los vecinos y vecinas intervengan efectivamente en la gestión municipal, promoviendo la co-gestión de los asuntos relevantes para los habitantes de la comuna mediante un trabajo conjunto y colaborativo del municipio con la comunidad.
    Para ello el municipio facilitará el desarrollo de instancias y mecanismos, de difusión y consulta, los cuales podrán ser realizados de forma tanto presencial como remota, garantizando el cumplimiento de los principios establecidos en la presente Ordenanza y el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades.