MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.909 EXENTA, DE 2012, Y APRUEBA SELECCIÓN DE GRUPOS ORGANIZADOS EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA CON PROYECTO HABITACIONAL, DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, DEL LLAMADO A CONCURSO DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2012

    Santiago, 24 de julio de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 5.803 exenta.- Visto:

    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 214 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2012, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2012 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011,
    c) La resolución exenta Nº 3.909 (V. y U.), de fecha 15 de mayo de 2012 modificada por la resolución exenta Nº 5.173 (V. y U.), de fecha 27 de junio de 2012, que llama a concurso para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva, con y sin proyecto habitacional, en el mes de junio del año 2012, y

    Considerando:

    a) Que mediante la resolución señalada en el Visto c) precedente, se llamó a concurso nacional para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en las alternativas de Postulación Colectiva con y sin Proyecto Habitacional;

    b) Que en la alternativa de Postulación Colectiva con Proyecto Habitacional se llamó a concurso a grupos postulantes que obtuvieran Certificado de Grupo Organizado hábil hasta el día 1 de junio de 2012, con excepción de las regiones del L.B. O'Higgins, del Maule y del Biobío, en que dicho plazo se estableció hasta el 15 de junio de 2012,

    c) La necesidad de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el Visto c) precedente, para la selección de grupos postulantes en la alternativa Postulación Colectiva con Proyecto Habitacional, dicto la siguiente

    Resolución:

    1. Modifícase la resolución exenta Nº 3.909 (V. y U.), de 2012, que llama a concurso para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva, con y sin proyecto habitacional, en el mes de junio del año 2012, en el siguiente sentido:

    a) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 3 las columnas "Postulación colectiva con proyecto habitacional" y "Subtotal" por las siguientes:

   

    b) Agréganse a continuación de la tabla inserta en el Resuelvo 5., en la que se determinan los montos promedio de subsidio, los siguientes incisos:
    "No obstante lo señalado en el inciso precedente, para el caso de la postulación colectiva con proyecto habitacional, para determinar el número de subsidios a financiar se considerarán los montos de subsidio referenciales de los proyectos a los cuales se encuentran vinculados, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica e inspección técnica de obras.
    El monto definitivo a considerar para la aplicación del subsidio será determinado al momento de la Calificación Definitiva del proyecto y de la adscripción a éste por parte del grupo seleccionado.".

    2. Apruébase la nómina de grupos seleccionados con Certificado de Grupo Organizado Hábil, en la alternativa de Postulación Colectiva con Proyecto Habitacional y los recursos respectivos, para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda para las Regiones de Tarapacá, de Antofagasta, de Coquimbo, de Valparaíso, del L.B. O'Higgins, del Maule, del Biobío, de la Araucanía, de Los Ríos, de Los Lagos, de Aysén, de Magallanes y Metropolitana, que se incluyen en la siguiente tabla, correspondiente al concurso cuyo cierre de postulación se efectuó los días 1 y 15 de junio de 2012, respectivamente, en el llamado efectuado por resolución exenta Nº 3.909 (V. y U.), de 2012:

   

    3. Los recursos comprometidos conforme al Resuelvo 2. de la presente resolución, para los grupos seleccionados en el concurso cuyo cierre de postulación se efectuó los días 1 y 15 de junio de 2012, establecido por resolución exenta Nº 3.909 (V. y U.), de 2012, se detallan en el siguiente cuadro para cada región del país, considerando un valor referencial de acuerdo al proyecto al que se encuentran vinculados:

   










   






NOTA
      Las letras a), b), c) y d) del Número 1 de la Resolución 10196, Vivienda, publicada el 22.12.2012, modifican el cuadro inserto en el Resuelvo 2 de la forma que la citada norma indica.
NOTA 1
      Las letras e) y f) del Número 1 de la Resolución 10196, Vivienda, publicada el 22.12.2012, modifican el cuadro inserto en el Resuelvo 3 de la forma que la citada norma indica.
NOTA 2
      El Número 1 de la Resolución 180 Exenta, Vivienda, publicada el 18.01.2013, modifica la presente norma en el sentido de eliminar de la nómina inserta en el Resuelvo 2 la fila correspondiente al proyecto Migrado 174 Villa El Encanto, de la comuna de Hualañé y reemplaza en la fila Totales el guarismo "8.992" por "8.908" y el guarismo "5.080.342,5" por "5.036.500,5.
NOTA 3
    El Número 2 de la Resolución 180 Exenta, Vivienda, publicada el 18.01.2013, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en el cuadro inserto en el Resuelvo 3, en la fila correspondiente a la Región del Maule, el guarismo "693" por "609" y el guarismo "326.000" por "282.158" y en la fila Total País, el guarismo "8.922" por "8.908" y el guarismo "5.080.342,5" por "5.036.500,5.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.