APRUEBA REGLAMENTO DE BASES SEGUNDO LLAMADO SUBVENCIÓN INICIATIVAS CULTURALES FINANCIADAS A TRAVÉS DEL 2% F.N.D.R. DE CULTURA 2012 LÍNEA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO Y LÍNEA DE APOYO A MUSEOS

    Núm. 79.- Antofagasta, 9 de julio de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; Ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que ha sido fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175, de 2005, del entonces denominado Ministerio del Interior; decreto ley 1.263, de 1975, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado; ley Nº 10.336, Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; Ley de Presupuestos Nº 20.557, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2012; Acuerdo Nº 10872-12 de la sesión ordinaria Nº 464, de 5 de abril de 2012, del Consejo Regional; Acuerdo Nº 10953-12 de la sesión extraordinaria Nº 299, de 25 de junio de 2012, del Consejo Regional; Acuerdo Nº 10955-12 de la sesión extraordinaria Nº 299, de 25 de junio de 2012, del Consejo Regional; Art. 52 de la ley 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, del año 2008.

    Considerando:

    - Que mediante Acuerdo Nº 10872-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 464, de 5 de abril del presente año, del Consejo Regional, se aprobó por unanimidad efectuar un segundo llamado a concurso de subvención iniciativas culturales financiadas a través del 2% FNDR de cultura 2012 línea especial de financiamiento y línea de apoyo a museos.
    - Que mediante Acuerdo Nº 10953, adoptado en sesión extraordinaria Nº 299, de 25 de junio de 2012, se acordó por unanimidad aprobar la modificación del reglamento de bases para el segundo llamado a concurso de subvención iniciativas culturales financiadas a través del 2% FNDR a cultura 2012, respecto de la línea especial de financiamiento y línea apoyo a museos.
    - Que mediante acuerdo Nº 10955, adoptado en sesión extraordinaria Nº 299, de 25 de junio de 2012, se acuerda por unanimidad aprobar la convalidación de los actos y procesos desarrollados en virtud de los procesos concursables realizados con anterioridad a la fecha de este acuerdo.
    - Que la Glosa 2.1 común a los programas 02 de los Gobiernos Regionales de la ley 20.557 de Presupuestos del Sector Público año 2012, establece la posibilidad de destinar un 2% del total de sus recursos a subvencionar actividades culturales.
    - Que en atención a que el proceso de asignación de recursos del 2% de línea especial de financiamiento y línea de apoyo a museos comenzó su ejecución, se solicita que por este acto se convaliden las iniciativas presentadas dentro de los plazos de postulación.
    - Que el artículo 52 de la ley 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, establece que los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.
    - Que en virtud del dictamen Nº 18193, de fecha 29 de marzo de 2012, se establece la obligatoriedad de enviar el reglamento de la especie al trámite de toma de razón.
    - Que el Gobierno Regional de la Región de Antofagasta ha adoptado las medidas necesarias y controles internos a fin de cumplir con lo establecido en la glosa presupuestaria y cumplir con el control preventivo de juridicidad en su debida oportunidad.

    Resuelvo:
    1.- Apruébase el "Reglamento de bases segundo llamado subvención iniciativas culturales financiadas a través del 2% FNDR de cultura 2012 línea especial de financiamiento y línea de apoyo a museos.".
    2.- Convalídense las iniciativas presentadas dentro de los plazos de postulación 2% FNDR de cultura 2012 línea especial de financiamiento y línea de apoyo a museos, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 52 de la ley 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, que establece que los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros, de acuerdo a anexo adjunto.
    3.- Declárase que el documento que se aprueba por la presente resolución es del siguiente tenor:

REGLAMENTO DE BASES SEGUNDO LLAMADO SUBVENCIÓN INICIATIVAS CULTURALES FINANCIADAS A TRAVÉS DEL 2% F.N.D.R. A CULTURA 2012 LÍNEA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO Y LÍNEA DE APOYO A MUSEOS

    1.- ANTECEDENTES GENERALES

    La ley Nº 20.557 de Presupuestos del Sector Público año 2012, permite a los Gobiernos Regionales destinar hasta un 2% del total de sus recursos, a subvencionar las actividades de carácter cultural que determine, que efectúen las municipalidades, incluido el funcionamiento de los teatros municipales o regionales que operen, o instituciones privadas sin fines de lucro.
    Según la Ley Orgánica Constitucional Nº 19.175, sobre Gobierno y Administración Regional, corresponde al Gobierno Regional fomentar las expresiones culturales y cautelar el patrimonio histórico, artístico y cultural de la región.
    La Estrategia Regional de Desarrollo 2010-2020 de la Región de Antofagasta, en su lineamiento Nº 6 "Identidad Regional", establece que se debe "fortalecer la identidad regional a partir del rescate y puesta en valor del patrimonio natural, histórico y cultural de nuestra región con una visión de futuro".
    Asimismo, la Estrategia Regional señala que es necesario incentivar el desarrollo de espacios, encuentros y expresiones artísticas y culturales, asegurando su acceso y difusión para toda la población regional. También se debe fortalecer la identidad de la Región de Antofagasta, considerando la rica diversidad cultural de la población que habita la costa, pampa, pre-cordillera y altiplano de la región. Todo lo anterior ya que la Región de Antofagasta es un territorio diverso, heterogéneo y con una incalculable riqueza natural, histórica y cultural. Surge entonces el desafío de rescatar, fortalecer y poner en valor su patrimonio regional, en vista del fortalecimiento de la Identidad Regional con una visión de futuro. Por una parte, el patrimonio natural compuesto por paisajes naturales, parques nacionales, expresiones naturales del borde costero, entre otros, y por otra parte, su patrimonio cultural, expresado en el legado y las formas de vida de los pueblos originarios, las colectividades extranjeras y el conjunto de los habitantes de la región.
    La Política Regional de Cultura, período 2011-2016, se articula en torno a la promoción de las artes, la participación y el patrimonio cultural.
    La Comisión de Educación Ciencia y Tecnología, de aquí en adelante "Comisión de Educación Ciencia y Tecnología del CORE", integrada por tres Consejeros Regionales conforme lo establece el Reglamento del Consejo Regional de la Región de Antofagasta, aprobado a través de la resolución exenta Nº 1.543, de fecha 18 de noviembre de 2010, será la encargada de la evaluación de las iniciativas y la presentación de la propuesta final de asignación frente al Pleno del Consejo Regional.

    2.- PROPÓSITO

    Las presentes bases constituyen la normativa que regirá el concurso de iniciativas culturales que se financiarán con parte del 2% F.N.D.R. y describen los procesos de postulación, selección, adjudicación y ejecución de los proyectos durante el año 2012, con el objeto de regular la decisión que al Consejo Regional de Antofagasta le corresponde en esta materia, respecto a los saldos de la Línea Especial de Financiamiento y la Línea de Apoyo a Museos.
    La asignación se realizará siempre en base a proyectos de las entidades postulantes que deberán someterse a la presente metodología y lo que disponga en la materia la Ley de Presupuestos.
    Por la sola postulación de iniciativas a esta convocatoria se entiende, para todos los efectos legales, que la institución conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases y acepta los resultados de este llamado a presentar iniciativas culturales.
    Cualquier situación no prevista en las presentes bases será resuelta por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Consejo Regional.

    3.- GÉNEROS Y MODALIDADES

    a) Artes de la representación (Danza, teatro, ópera): Muestras, itinerancias, montajes, presentaciones, talleres con profesionales de nivel regional y/o nacional, y equipamiento base que faciliten las actividades escénicas.
    b) Iniciativas audiovisuales: Se financiará la producción de documentales ciclos de cine, producción de videos, festivales de cine, muestras internacionales, y otras iniciativas relacionadas, con énfasis en lo patrimonial, con acento al rescate y valorización de nuestras figuras regionales literarias y poéticas, edificios, casas y estructuras urbanas y rurales, registro de cultura ancestral, fiestas, costumbres, tendencias y tradiciones referidas a nuestra identidad y diversidad comunal, provincial y regional.
    c) Música: Financiará la producción de obras musicales originales referidas a nuestra identidad cultural, social, ambiental, natural, espiritual, etc., las que serán grabadas en formato digital. Conformación de equipos de instrumentos, que dirijan y faciliten el aprendizaje y la utilización de instrumentos musicales. Itinerancias de grupos musicales, sobre todo a través de sectores de difícil acceso al disfrute de las expresiones de carácter folklórica, clásica y popular. También se financiarán talleres y dinámicas con músicos y compositores de relevancia regional y/o nacional, festivales y presentaciones musicales.
    d) Literatura: Está destinado a apoyar la publicación de obras inéditas individuales o colectivas en cualquier género, realización de eventos literarios, publicación de boletines, revistas y periódicos de contenido cultural, centrado en un enfoque regional.
    e) Artes visuales: Apoyará la realización de creadores en los ámbitos de la pintura, grabados, escultura, fotografía, técnicas mixtas, murales, instalaciones, etc. Dentro de ese ámbito podrán postular proyectos de exposiciones colectivas e individuales, itinerancias, talleres de plástica, etc.
    f) Cultura tradicional y patrimonio cultural: Artesanía y/o rescate de cultura local en el contexto regional. Se podrán presentar proyectos que tiendan a la realización de eventos, tales como ferias comunales, provinciales, regionales e internacionales, talleres, celebraciones religiosas, fiestas culturales, fiestas de costumbres y tradiciones, seminarios, itinerancias, rescate y muestra de tradiciones, o puesta en valor y reconocimiento del patrimonio cultural material.
    En todas las áreas y materias descritas, se podrá financiar la formación artística cuyo objetivo sea enseñar, capacitar o perfeccionar el desarrollo artístico, tales como escuelas o talleres de teatro, danza, pintura, música, etc.
    También se financiarán estudios o trabajos de investigación, tendientes a cautelar el patrimonio histórico, artístico y cultural de la región. Asimismo, estudios que contemplen la base para futuras iniciativas de impacto cultural y social.

    4.- RECURSOS DISPONIBLES

    Para este Llamado se asignarán los recursos correspondientes a los saldos del concurso anterior en la Línea Especial de Financiamiento y en la Línea de Apoyo a Museos, el cual asciende a un monto total disponible de $113.578.460.- para la Línea Especial de Financiamiento, y un monto total disponible de $226.406.225 para la Línea de Apoyo a Museos.
    El Consejo Regional podrá asignar un monto total inferior al estipulado precedentemente, si el puntaje de uno o más proyectos es inferior a lo señalado en el segundo párrafo del punto 15 de las presentes bases, o si el monto solicitado por la totalidad de los proyectos presentados es inferior al marco total establecido.
    Asimismo, el Consejo Regional podrá asignar montos menores a los solicitados por cada iniciativa. En este caso, las entidades respectivas deberán reformular el proyecto, ajustándose a las observaciones señaladas por el Consejo Regional, en un plazo no superior a cinco días hábiles a partir de la fecha de notificación, enviando dicha reformulación por escrito a la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, para su revisión. En caso de no existir reformulación, la institución beneficiaria deberá remitir en el mismo plazo, una Carta de Compromiso de otros aportes, propios o de terceros, que cubran los montos rebajados en la evaluación. Si transcurrido dicho plazo, no se presentare reformulación o carta de compromiso señalada precedentemente, se entenderá que la institución renuncia a la subvención otorgada.
    Las notificaciones se harán por escrito, mediante carta certificada, dirigida al domicilio que el interesado hubiere designado en su primera presentación o con posterioridad. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

    4.1 Línea especial de financiamiento
    Se dispondrá de una línea especial de financiamiento para subvencionar total o parcialmente iniciativas consideradas por el Consejo Regional CORE como emblemáticas y/o consolidadas y que han sido desarrolladas por años en la región. Las iniciativas, para optar a esta línea especial de financiamiento, deben cumplir con las siguientes condiciones:
    a) Cobertura Geográfica: La iniciativa debe contemplar el desarrollo de sus actividades a lo menos en 5 comunas de la Región de Antofagasta.
    b) Trayectoria: La iniciativa debe haber sido ejecutada a lo menos en 3 ocasiones, dentro de los 6 años anteriores al presente concurso, ya sea con recursos públicos y/o privados.
    c) Aportes de terceros: La iniciativa debe asegurar el apalancamiento de recursos adicionales a la subvención solicitada y/o a los aportes propios de la institución al proyecto.
    La solicitud de financiamiento por cada iniciativa postulada a esta línea no podrá ser mayor a $50.000.000.
    En el caso que las iniciativas postuladas a esta línea sean bien evaluadas, de acuerdo a lo establecido en el punto 14 de las presentes bases, se podrá solicitar la modificación del proyecto para su aprobación.
    Esta línea especial de financiamiento tendrá un monto disponible de $113.578.460.
    El plazo y forma de postulación para esta línea es el mismo establecido en el punto 9 de las presentes bases.

    4.2 Línea apoyo a museos
    Se dispondrá de una línea que tendrá como objetivo apoyar las actividades realizadas por los distintos museos de la Región de Antofagasta, ya sean éstos estatales, municipales o privados, que estén abiertos al público y sean administrados por municipalidades o instituciones privadas sin fines de lucro.
    El monto disponible para esta línea de apoyo a museos es de $226.406.225.-
    Las iniciativas que podrán financiarse con esta Línea son:

    a) Actividades dirigidas a la preservación de los bienes culturales, devolviendo la calidad a un producto perteneciente al patrimonio cultural. Las actividades comprenden: Examen, documentación, tratamiento, prevención, cuidado, soporte a la investigación de las obras y difusión, restauración de obras y puesta en valor de las colecciones museográficas.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $20.000.000)

    b) Proyectos Museográficos. Considera diseño y realización de una exposición, sea temporal o permanente. La disposición física de una exposición debe tener en cuenta tanto las exigencias de conservación preventiva de los objetos como la puesta en valor. Se financiarán proyectos de diseño museográfico, para su posterior implementación y exhibición permanente. Asimismo, se financiarán proyectos que apuntan a mejorar la museografía ya existente.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $15.000.000)

    c) Proyectos de exhibición que complementen las colecciones de los museos, como catálogos, simposios públicos, paneles de discusión o páginas electrónicas.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $10.000.000)

    d) Organización de actividades de capacitación.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $10.000.000)

    e) Adquisición e implementación de equipamiento para el desarrollo de las actividades propias o funcionamiento de los museos.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $15.000.000)

    f) Actividades que potencien las redes de profesionales vinculados al área, dentro o fuera de la región, garantizando que se instalarán nuevas capacidades y oportunidades dentro de los museos regionales.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $10.000.000)

    g) Plan de Conservación Preventiva (diagnóstico del museo, elaboración del plan e implementación).
    Método de trabajo que pretende controlar el deterioro de las obras de arte antes de que éste se produzca.
    Se financiarán proyectos que contemplen actividades encaminadas a prevenir las causas naturales y humanas del deterioro de las colecciones, a fin de aumentar su esperanza de vida y garantizar la difusión de su mensaje.
    Talleres para enseñar herramientas teórico-prácticas para el resguardo y la comunicación del patrimonio y la diversidad cultural de los museos, facilitando así la promoción del museo como un agente de cambio social.
    Talleres conceptualizados para la reflexión y revisión de las prácticas dentro de los museos, y permitan emprender acciones concretas sobre aquellas áreas de acción del museo en que se identifiquen debilidades, mejorando así el papel de la institución como custodio y transmisor de la riqueza patrimonial cultural y material.
    (Monto máximo a solicitar en esta sublínea: $15.000.000)

    El plazo y forma de postulación para esta línea es el mismo establecido en el punto 9 de las presentes bases.

    4.3 Excedentes por tramo o línea de subvención
    Los excedentes de alguna de las líneas de subvención podrán ser reasignados a la otra o a los tramos del cualquier concurso con cargo al 2% F.N.D.R. a Cultura 2012, por acuerdo del Consejo Regional.

    5.- POSTULACIÓN

    Sólo podrán postular a este fondo las municipalidades, o instituciones privadas sin fines de lucro, inscritas en el Registro Central de Colaboradores del Estado y de Municipalidades (ley 19.862), con domicilio en la región, y que posean una antigüedad mínima de 6 meses al momento de la postulación.

    6.- INCOMPATIBILIDADES

    Este fondo no financiará aquellas iniciativas que estén postulando, hayan sido rechazadas, tengan aportes vigentes, o rendiciones pendientes u objetadas de otros fondos concursables, de fuentes distintas al F.N.D.R., con cargo a la Ley de Presupuestos, como los que a vía ejemplar se señalan: Fondart, Fondo del Libro, Fondo de la Música, Fondo de las Escuelas Artísticas, Fondo Audio Visual.
    Sin perjuicio de la facultad de cada institución para postular la cantidad de iniciativas que estime pertinente, sólo se asignarán recursos hasta dos iniciativas por cada institución. Esto incluye aquellas iniciativas que hayan sido aprobadas para financiamiento en el concurso anterior.
    No se financiarán aquellos proyectos que no tengan relación con los géneros y modalidades definidas en el punto 3 de las presentes bases.
    Aquellas instituciones que al momento de la resolución del concurso por parte del Consejo Regional CORE, mantengan rendiciones pendientes u objetadas en concursos anteriores del Gobierno Regional de Antofagasta, no podrán ser subvencionadas con los recursos del presente concurso.
    No podrán postular aquellas instituciones que sin aprobación del Gobierno Regional no suscribieron el convenio de transferencia, no obstante haberse adjudicado los recursos, así como aquellas instituciones que sin autorización del Gobierno Regional suscribieron los convenios de transferencia sin llevar a cabo el proyecto adjudicado.

    7.- PROPIEDAD INTELECTUAL

    En el evento que un proyecto involucre derechos de propiedad intelectual de terceros, corresponderá a su responsable el cumplimiento de la normativa vigente sobre derechos de autor. Sin perjuicio de lo indicado, se deberá acompañar autorización expresa del titular de los derechos, con firma autorizada ante notario público.

    8.- DURACIÓN DE LOS PROYECTOS

    Las iniciativas postuladas deberán iniciar su ejecución previa emisión de la resolución que aprueba el convenio entre la institución respectiva y el Gobierno Regional de Antofagasta, y deberán concluir a más tardar el 28 de febrero de 2013, respetando en todo caso la programación señalada en los proyectos respectivos.

    9.- DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

    9.1.- Oportunidad
    La recepción de las iniciativas finalizará el lunes 30 de abril de 2012, a las 12:00 horas, y cumplido este requisito las iniciativas continuarán con las etapas siguientes indicadas para la subvención de iniciativas culturales financiadas a través del 2% F.N.D.R. a cultura 2012, según las condiciones, requisitos, plazos y criterios señalados en el presente reglamento.
    También los proyectos podrán ser remitidos a través de correo certificado al domicilio del Gobierno Regional de Antofagasta, indicado en el Nº 9.2 de las presentes bases, siempre que la fecha de recepción por la respectiva oficina de Correos sea anterior a la hora y día indicada en el párrafo precedente.

    9.2. Lugar de presentación.

    Antofagasta:
    Oficina de Partes del Gobierno Regional de Antofagasta, ubicada en calle Arturo Prat Nº 384, segundo piso (edificio Intendencia Regional) de Antofagasta.

    Calama:
    Gobernación Provincial de El Loa, ubicada en calle Granaderos Nº 2226, Calama.

    Tocopilla:
    Gobernación Provincial de Tocopilla, ubicada en calle 21 de Mayo Nº 1645, Tocopilla.

    9.3.- Forma de presentación
    Los proyectos deberán ser presentados a través del formulario que para estos efectos se encuentra disponible en las oficinas señaladas en el punto anterior y en el sitio www.goreantofagasta.cl en su apartado "Concursos Cultura FNDR", que se entiende forman parte de las presentes bases.
    Los proyectos deberán presentarse en 1 sobre cerrado conforme al siguiente detalle:
    a) Sobre Nº 1 (Original).
    Debe contener en original o copia autorizada de todos los antecedentes y documentos que se describen o requieren en el formulario de presentación a que alude el punto anterior. Este sobre debe indicar, en una de sus caras, el título del proyecto, el nombre de la agrupación o institución que presenta el proyecto y debe decir "Original".
    Cada una de las iniciativas deberá incluir Obligatoriamente el Formulario de Postulación y los documentos que se indican en el respectivo formulario de postulación de cada tramo o línea de subvención.
    En este sobre se debe incluir un CD con el formulario de postulación en formato digital Microsoft Word.
    En el caso que se decida no incluir el CD, la presentación del formulario de postulación se puede efectuar en forma electrónica (en línea) a través de la página web del Gobierno Regional de Antofagasta www.goreantofagasta.cl en el apartado "Concursos Cultura FNDR". La presentación del formulario se puede efectuar hasta las 11:59 horas del día de cierre del período de postulación.

    10.- GASTOS PERMITIDOS:

   

    10.1 Gastos prohibidos y consideraciones:
    No corresponderá el pago por concepto de honorarios, a aquellas personas que mantengan un contrato de trabajo o de prestación de servicios con la institución postulante.
    No se financiarán los gastos correspondientes a la participación de artistas en eventos, festivales, presentaciones y actividades similares, en los casos que dichos gastos sean el objeto principal de la solicitud de recursos, atendido su volumen.
    La totalidad de los contratos entre la institución postulante y sus directivos o representantes no podrá superar la suma equivalente al 5% del presupuesto total del proyecto, sean estos contratos sobre bienes, servicios, o cualquier otro gasto descrito en las presentes bases.
    Un mismo encargado de proyecto podrá participar en un máximo de 2 iniciativas. Esto incluye aquellas iniciativas que hayan sido aprobadas para financiamiento en el concurso anterior.
    No corresponderá el pago de gastos de administración en la ejecución del proyecto, tales como pagos a personal de la institución, pago de seguros, trámites notariales y judiciales, etc.
    No se financiarán proyectos de infraestructura, o inversión en obras físicas, y sólo financiará el equipamiento imprescindible para el desarrollo de los proyectos. En relación a lo anterior, tampoco financiará la compra de vehículos.
    No se financiará la entrega de premios o estímulos en efectivo.
    No se financiarán proyectos que persigan como única finalidad la compra de implementos y/o vestimentas.
    Partidas relativas a gastos "imprevistos", "inesperados', "extraordinarios" o similares, podrán ocupar como máximo un 5% del total de la subvención.
    La iniciativa presentada deberá considerar la gratuidad de todas las actividades que se encuentren formuladas en el proyecto.

    11.- GASTOS OBLIGATORIOS

    Las Instituciones ejecutoras deberán hacer mención al financiamiento entregado por el Gobierno Regional de Antofagasta en todas las actividades a realizar que se encuentran contempladas en el proyecto. Asimismo, debe estar claramente identificado en las piezas y soportes gráficos, impresos y en libretos y discursos de locuciones en los lugares en donde se ejecutan las actividades, y ante los medios de comunicación en general. Esta mención deberá indicar "iniciativa financiada por el Gobierno Regional de Antofagasta a través del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% a Cultura año 2012".
    La entidad beneficiaria deberá considerar al menos el equivalente al 3% del presupuesto total de la iniciativa para actividades de promoción o difusión. En toda actividad de promoción y difusión deberá señalarse que la actividad es financiada por el Gobierno Regional de Antofagasta, aprobada por el Consejo Regional CORE, patrocinada por la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes Región de Antofagasta y organizada por la institución que ejecuta el proyecto. En la promoción y difusión se deben incluir los logos de cada institución que financia, aprueba y patrocina, los cuales pueden ser retirados en las dependencias del Consejo Regional, calle Arturo Prat Nº 384, sexto piso (edificio Intendencia - Gobierno Regional) de Antofagasta.
    Salvo casos excepcionales, se deberá utilizar el 50% de los gastos correspondientes al ítem difusión al inicio de cada iniciativa.
    En los casos que las iniciativas contemplen el desarrollo de un producto final de colección (libros, CDs, DVDs, etc.), el Consejo Regional podrá solicitar la entrega de un número determinado de ejemplares para su difusión.
    Asimismo, se deberá incluir una leyenda que indique: "se prohíbe estrictamente la comercialización de los ejemplares financiados por los recursos del F.N.D.R. de este producto, y el Gobierno Regional podrá emprender acciones legales contra quienes infrinjan esta condición".

    Indicaciones mínimas para elementos de difusión de la iniciativa:
    En lienzos y pasacalles: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica. El resto de los logos que se deseen incorporar, por ejemplo, logos de patrocinadores y/o auspiciadores, no deberán ocupar una superficie superior al 10% de la superficie total.
    En pendones: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica.
    En gigantografías y/o telones de fondo: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica. El resto de los logos que se deseen incorporar, por ejemplo, logos de patrocinadores y/o auspiciadores, no deberán ocupar una superficie superior al 10% de la superficie total.
    En afiches: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica. El resto de los logos que se deseen incorporar, por ejemplo, logos de patrocinadores y/o auspiciadores, no deberán ocupar una superficie superior al 10% de la superficie total. Asimismo, se debe hacer alusión textual al financiamiento otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% a Cultura.
    En catálogos, manuales, revistas, anuarios, publicaciones en general, portadas de CD, portadas de DVD: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica. El resto de los logos que se deseen incorporar, por ejemplo, logos de patrocinadores y/o auspiciadores, no deberán ocupar una superficie superior al 10% de la superficie total. Asimismo, se debe hacer alusión textual al financiamiento otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% a Cultura, año 2012.
    En las invitaciones, programas, volantes de promoción, etc.: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica. El resto de los logos que se deseen incorporar, por ejemplo, logos de patrocinadores y/o auspiciadores, no deberán ocupar una superficie superior al 10% de la superficie total. Asimismo, se debe hacer alusión textual al financiamiento otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% Cultura, año 2012.
    En diplomas y galvanos de premiación y/o reconocimiento: El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora corresponderán como mínimo al 25% de la superficie del tamaño de la pieza gráfica.
    En vestimentas en general (poleras, gorros, indumentaria de competición, petos de entrenamiento, parkas, cortavientos, buzos, etc.): El logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora (si así se decide) deberán ser incorporados obligatoriamente. El resto de los logos que se deseen incorporar, por ejemplo, logos de patrocinadores y/o auspiciadores, se incorporarán en la medida que se autorice su empleo por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional.
    Indicaciones mínimas para elementos de difusión de la iniciativa en medios audiovisuales nacionales, regionales y comunales:
    En videos promocionales: En los videos promocionales se deberá hacer alusión explícita al financiamiento otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% Cultura, y deberán exhibir el logotipo del Gobierno Regional de Antofagasta, el logotipo del Consejo Regional de Antofagasta, el logotipo de la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes, y el logo de la entidad ejecutora (si así se decide).
    En cuñas radiales y conferencias de prensa: En la promoción del evento o iniciativa deberá hacer alusión al financiamiento otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% Cultura, aprobados por el Consejo Regional de Antofagasta.
    En periódicos nacionales, regionales y/o comunales: Cualquier referencia, reportaje o avisaje de actividades financiadas por el FNDR, deberá hacer alusión al financiamiento otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, F.N.D.R. 2% Cultura e incorporar los logotipo si así lo ameritase.
    Cualquier otra pieza de difusión no descrita específicamente en las presentes bases, se someterá a los mismos parámetros establecidos en el punto precedente.

    Indicaciones mínimas para elementos de difusión en locuciones y discursos:
    Los ejecutores tendrán la responsabilidad y obligación de mencionar en los discursos, presentaciones y vocativos de los eventos y actividades financiadas por el Gobierno Regional de Antofagasta del aporte y alcance sociocultural de la inversión.

    11.1 Aprobación de piezas gráficas, textos radiales y videos
    El diseño de todos los elementos de difusión contemplados en el proyecto, deberá contar con la aprobación previa (visto bueno) del Consejo Regional de Antofagasta, a través de su Secretaría Ejecutiva, antes de ser confeccionados.
    La omisión de esta aprobación, será causal de rechazo en la rendición de los gastos de difusión de la iniciativa.
    En relación a lo anterior, las instituciones deberán dirigirse a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional de Antofagasta para:

    - Recibir los logotipos en archivos digitales Freehand y JPG.
    - Recibir la nómina tentativa de las autoridades pertinentes que deberán ser invitadas a cada una de las actividades programadas por el ejecutor del proyecto.
    La Secretaría Ejecutiva del CORE deberá aprobar o rechazar el diseño de las piezas de difusión en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la solicitud efectuada por cada iniciativa.

    12.- ADMISIBILIDAD

    Para estos efectos se constituirá una Comisión Técnica de Admisibilidad, compuesta por 2 profesionales de la Secretaría Ejecutiva del CORE y 1 profesional de la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional.
    La admisibilidad de las postulaciones considerará los siguientes aspectos:
    a) Cumplimiento y acreditación de los requisitos indicados en Ley de Presupuestos para ser sujeto de la subvención.
    b) Entrega de los antecedentes que se indican en el presente documento y formulario de postulación.
    c) Postulación dentro de fechas establecidas en las presentes bases.
    El listado de proyectos admisibles para evaluación, así como el listado de aquellas iniciativas que no continúan en el proceso, serán publicados en el sitio www.goreantofagasta.cl, a más tardar el 15 de mayo de 2012.

    13.- EVALUACIÓN

    13.1. Opinión Dirección Regional Consejo de la Cultura y las Artes
    La totalidad de las iniciativas declaradas admisibles, serán remitidas a la Dirección Regional del Consejo de la Cultura y las Artes para que ésta emita su opinión de acuerdo a la Política Regional de Cultura, período 2011-2016 de la Región de Antofagasta.

    13.2 Evaluación Comisión Educación, Ciencia y Tecnología del Consejo Regional CORE
    La totalidad de las iniciativas declaradas admisibles, así como las iniciativas preseleccionadas del tramo 1 señaladas en el punto 4 de las presentes bases, será remitida a la Secretaría Ejecutiva del CORE, para la correspondiente evaluación de los proyectos por parte de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Consejo Regional de Antofagasta, integrada por tres Consejeros Regionales conforme lo establece el Reglamento del Consejo Regional de la Región de Antofagasta, aprobado a través de la resolución exenta Nº 1.543, de fecha 18 de noviembre de 2010, según los siguientes términos:

   

    Cada uno de los subcriterios será evaluado en base a la siguiente escala:

   

    Posteriormente, el puntaje de cada criterio será un promedio de sus respectivos subcriterios.
    Finalmente, el puntaje del proyecto será una ponderación de cada criterio de evaluación, de acuerdo al siguiente detalle:

   

    13.3. Evaluación final
    Para efectos del presente concurso todas las iniciativas reciben un puntaje, cuyo rango va desde 0 (cero) puntos a 100 (cien) puntos.
    No serán evaluados aquellos proyectos que no tengan relación con los géneros y modalidades definidos en el punto 3 de las presentes bases.

    14.- RESOLUCIÓN

    El Consejo Regional CORE resolverá el listado de iniciativas a subvencionar, considerando la propuesta de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, en base a las evaluaciones efectuadas por la propia Comisión, pudiendo modificar dicha propuesta por motivos fundados, que deberá expresar basado en los criterios objetivos indicados en el presente reglamento.
    Los proyectos con puntaje inferior a 50 puntos, no podrán recibir fondos del presente concurso. Sólo en el caso que la propuesta de la Comisión no cubra la totalidad de los montos disponibles para el concurso, el pleno del Consejo Regional podrá proponer uno o más proyectos evaluados con un puntaje inferior a los 50 puntos, y que sean de interés del propio Consejo Regional.
    En el caso que una institución exceda el número de iniciativas indicadas en el punto 6, se considerarán las 2 iniciativas que obtengan los puntajes más altos. Esto incluye aquellas iniciativas que hayan sido aprobadas para financiamiento en el concurso anterior.
    El CORE resolverá el listado de iniciativas a subvencionar, a más tardar, en la última Sesión CORE del mes de junio de 2012.
    El Consejo Regional podrá rebajar o modificar el monto de subvención solicitado según se indica en el punto Nº 4 de las presentes bases.

    15.- INFORMACIÓN DE RESULTADOS

    Los resultados del proceso serán comunicados a las instituciones beneficiadas por medio de carta certificada y correo electrónico dirigidos a las direcciones señaladas en su postulación. Asimismo, se publicarán los resultados del concurso en la página web oficial del Gobierno Regional de Antofagasta, www.goreantofagasta.cl.
    Las instituciones podrán solicitar a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional de Antofagasta, un certificado que haga referencia a la selección para el financiamiento de su iniciativa, para los fines que la institución estime pertinente.
    Las notificaciones se harán por escrito, mediante carta certificada dirigida al domicilio que el interesado hubiere designado en su primera presentación o con posterioridad. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

    16.- ENTREGA DE RECURSOS Y RENUNCIA AL BENEFICIO

    La entrega de los valores para la ejecución de los proyectos seleccionados se hará efectiva una vez decretada la disponibilidad de recursos, en la forma y oportunidad que se establezca en los convenios que deberá suscribir la entidad beneficiaria con el Gobierno Regional de Antofagasta. La entrega se efectuará conforme a los plazos y forma establecidos por la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional de Antofagasta, y sujeto a los tiempos que involucren los trámites de decreto presupuestario respectivos.
    Salvo prórroga autorizada o dispuesta por el Gobierno Regional, la suscripción del convenio-mandato por parte de la entidad beneficiaria no podrá exceder los 20 días hábiles posteriores a la notificación de asignación de recursos. Si transcurrido dicho plazo, la entidad no efectuare la suscripción del convenio-mandato señalada precedentemente, se entenderá que la institución renuncia a la subvención otorgada.

    17.- GARANTÍAS

    La entidad beneficiaria deberá suscribir un pagaré a favor del Gobierno Regional de Antofagasta por el monto de la subvención, con fecha de vencimiento doce meses siguientes al plazo de término indicado en el proyecto, que será cobrado en caso que no se dé oportuno, fiel, completo y total cumplimiento a la ejecución de la iniciativa; o, en su caso, será devuelto una vez aprobada la rendición de los recursos entregados.
    Los derechos y gastos de suscripción serán de costo de la entidad beneficiaria.
    El Gobierno Regional de Antofagasta podrá emprender acciones legales en el caso que se decida efectuar el cobro del pagaré.

    18.- CONTROL Y RENDICIÓN

    Corresponderá a la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional (DACG) la supervigilancia de los proyectos financiados por la subvención y la aprobación de rendiciones, dentro de su competencia y atribuciones.
    La entidad beneficiaria deberá mantener los fondos entregados en cuenta separada para su debido control y revisión, y entregar informes mensuales de gestión asociados a la ejecución del proyecto aprobado, dentro de los primeros diez días del mes de acuerdo a los formularios que serán facilitados por la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional (DACG). Las instituciones que no efectúen adecuadamente las rendiciones mensuales de las iniciativas financiadas, quedarán inhabilitadas para participar en el próximo concurso.
    La entidad receptora debe rendir cuenta de los fondos transferidos conforme a las normas contenidas en el Título VI "Rendición de Cuentas" de la ley 10.336 de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, al decreto ley Nº 1.263 de 1975, de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, y la resolución 759, de 2003, del Contraloría General de la República.
    La entidad beneficiaria dará cuenta documentada de la ejecución total del proyecto, de la materialización de los coaportes y deberá presentar la rendición final de los fondos entregados como subvención, a la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional (DACG), en la forma que ésta defina, dentro de los quince días a contar del último día del plazo consignado para la ejecución del proyecto. Además, deberá presentar informes de avance de acuerdo a los requerimientos de la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional (DACG). Los recursos que se transfieran a las entidades públicas no se incorporarán a sus presupuestos, sin perjuicio de lo cual, deberán rendir cuenta de su utilización a la Contraloría General de la República.
    Corresponderá al Consejo Regional de la Cultura y las Artes, en conjunto con la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional (DACG), la fiscalización de la gestión y ejecución de los proyectos priorizados.
    Quedarán inhabilitadas para participar las instituciones que, atendiendo a lo dispuesto en el Nº 5.4 de la resolución 759, de 2003, de la Contraloría General de la República, no hayan cumplido con la obligación de rendir cuentas de los fondos ya concedidos.
    El Gobierno Regional debe rendir cuenta de las transferencias que efectúe según lo preceptuado en el numeral 5.2 de la resolución 759, de 2003, de la Contraloría General de la República.

    19.- INFORMACIONES

    Las consultas, respecto al proceso de postulación, podrán formularse al asesor de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Consejo Regional de Antofagasta, Sr. Juan Francisco Castro Funes, a la dirección de correo electrónico concursocultura@goreantofagasta.cl, a los teléfonos 357591 - 357590, o dirigirse a calle Arturo Prat Nº 384, sexto piso (edificio Intendencia Regional) de Antofagasta.

    ANEXO

ANTECEDENTES QUE DEBEN ADJUNTARSE AL FORMULARIO DE POSTULACIÓN

    A- INSTITUCIONES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO:

    1) Formulario de Postulación, firmado ante notario.
    2) CD con Formulario de Postulación en formato digital (o remitido vía correo electrónico).
    3) Certificado de Personalidad Jurídica Vigente. Este documento deberá tener una fecha de emisión no superior a 60 días a la fecha de cierre de postulación, salvo que la vigencia se indique en el mismo documento.
    Las personas jurídicas sin fines de lucro, deberán adjuntar la documentación que acredite la individualización de su representante legal.
    El proyecto y la ficha de postulación respectiva deberá ser suscrita por el representante que figure en los certificados respectivos, y cualquier modificación de su titular con posterioridad a la postulación deberá informarse al Gobierno Regional.
    4) Carta compromiso o certificado de Aportes de Terceros. Se debe indicar claramente el tipo de aporte, el nombre de la institución que aporta y la firma del representante legal de dicha institución.
    5) Certificado vigente que acredite estar en el Registro Central de Colaboradores del Estado y de Municipalidades (www.registros19862.cl).
    6) Respecto a los ítem presupuestados, las cotizaciones no serán causal de inadmisibilidad. Sin embargo, la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología podrá proponer al CORE asignar montos inferiores a los indicados en el presupuesto.

    B.- MUNICIPALIDADES:

    1) Formulario de Postulación, firmado ante el ministro de fe de la respectiva institución.
    2) CD con Formulario de Postulación en formato digital (o remitido vía correo electrónico).
    3) Carta compromiso o certificado de Aportes de Terceros. Se debe indicar claramente el tipo de aporte, el nombre de la institución que aporta y la firma del representante legal de dicha institución.
    4) Respecto a los ítem presupuestados, las cotizaciones no serán causal de inadmisibilidad. Sin embargo, la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología podrá proponer al CORE asignar montos inferiores a los indicados en el presupuesto.
    Tómese razón, anótese, comuníquese y archívese.- Pablo Toloza Fernández, Intendente Regional de Antofagasta.- Daniella Piantini Montivero, Abogada Gobierno Regional.