Incluye la semana corrida en el cálculo de la remnuneración durante los deriados.
Modifica el artículo artículo 71 del Libro I del Código del Trabajo y señala que para los trabajadores que laboran por día, por sueldo mensual o remuneraciones variables se deberá incluir la semana corrida en la base del cálculo que determina la remuneración íntegra durante los feriados.
Consta de un artículo.