ADELANTA LA HORA OFICIAL EN 60 MINUTOS
Santiago, 31 de Octubre de 1968.- S. E. el Presidente de la República decretó hoy lo que sigue:
Núm. 1.474.- Teniendo presente que por razones de necesidad pública, debido a la situación de sequía producida en el país, es menester adoptar todas las medidas destinadas a restringir, en forma racional, los consumos de energía eléctrica para alumbrado y usos industriales, en beneficio de la economía nacional y de la propia población; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 60 y 71 de la Constitución Política del Estado, en relación con el DFL. N° 7.912, de 1927,
Decreto:
La Hora Oficial se adelantará en 60 minutos, a contar desde las 24 horas del día de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- E. FREI M.- Edmundo Pérez Z.
Lo que transcribo a U.- para su conocimiento.- Dios gue. a U.- Juan Achurra Larraín, Subsecretario del Interior.