MODIFICA DECRETO N° 1.870, DE 1968 Santiago, 2 de febrero de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 170.- Vistos: lo dispuesto en el Decreto Supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, la Ley N° 17.105, publicada en el Diario Oficial de 14 de abril de 1989 y sus modificaciones posteriores y en el Decreto Supremo de Justicia N° 1.870, de 17 de octubre de 1968 y lo informado por la Dirección de Orden y Seguridad de Carabineros y por el Consejo de Defensa del Estado, y Considerando:
1.- Que, a la entidad denominada "Cofradía Náutica del Pacífico", se le concedió personalidad jurídica por el Decreto Supremo de Justicia N° 1.870, de 17 de octubre de 1968.
2.- Que, de acuerdo a lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, en su Informe N° 2846, de 11 de diciembre de 1995, los objetivos de la Cofradía Náutica del Pacífico, si bien consideran el aspecto deportivo, no tienen a éste como su finalidad exclusiva, pudiendo ser considerado como un club, centro o círculo social, de conformidad con sus fines,
D e c r e t o:
Modifícase el Decreto Supremo de Justicia N° 1.870, de 17 de octubre de 1968, en el sentido de que se deja sin efecto la prohibición de expender bebidas alcohólicas, en el recinto de la entidad "Cofradía Náutica del Pacífico".
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, María Soledad Alvear Valenzuela, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Consuelo Gazmuri Riveros, Subsecretario de Justicia Subrogante.