MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.373 EXENTA, DE 2010, Y SUS MODIFICACIONES, EN EL SENTIDO DE AUTORIZAR A PERSONA DAMNIFICADA QUE INDICA, PARA CAMBIAR REGIÓN DE APLICACIÓN DE SUBSIDIO EN EL LLAMADO A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS DEL FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA, CAPÍTULO PRIMERO, CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2010

    Santiago, 31 de agosto de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 7.061 exenta.- Visto:

a)  El DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;
b)  La resolución exenta Nº 2.967 (V. y U.), de 2010, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Programa Fondo Solidario de Vivienda en su Capítulo Primero para las regiones que indica;
c)  La resolución exenta Nº 6.373 (V. y U.), de 2010, y sus modificaciones, que modifica la resolución exenta Nº 2.967 (V. y U. ), de 2010 y aprueba nómina de postulantes seleccionados del Llamado a Concurso en Condiciones Especiales para Operaciones de Adquisición de Viviendas Construidas del Fondo Solidario de Vivienda, Capítulo Primero, correspondiente al mes de agosto del año 2010;
d)  El ord. Nº 5.363, del Director del Serviu de la Región Metropolitana de fecha 20 de junio de 2012, mediante el cual solicita el cambio de región de aplicación del subsidio obtenido por doña Joselyn Macarena Riquelme Ulloa, Cédula Nacional de Identidad Nº 15.444.770-9, seleccionada según lo dispuesto en la resolución señalada en el Visto c) de esta resolución, y

    Considerando: La necesidad de modificar la región de aplicación de subsidio habitacional para la adquisición de vivienda construida, de doña Joselyn Macarena Riquelme Ulloa, Cédula Nacional de Identidad Nº 15.444 770-9, quien postuló y resultó seleccionada en la Región del Biobío, y que por motivos familiares desea trasladarse a la comuna de Paine, ubicada en la Región Metropolitana, dicto la siguiente

    Resolución:

    1.- Modifícase la resolución exenta Nº 6.373 (V. y U. ), de 2010, en la siguiente forma:
a)  Sustitúyese en el resuelvo 4., las locuciones "1 subsidio" y "1 postulante seleccionada" por "2 subsidios" y "2 postulantes seleccionadas", respectivamente, y la frase "eligió una región distinta de la que resultó damnificada" por "eligieron una región distinta de la que resultaron damnificadas".

b)  Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 4., por la siguiente:

   

    2. Autorízase a doña Joselyn Macarena Riquelme Ulloa, Cédula Nacional de Identidad Nº 15.444.770-9, a cambiar la región de aplicación del subsidio obtenido según resolución exenta Nº 6.373 (V. y U.), de 2010, quien a contar de la fecha de la total tramitación de esta resolución, deberá aplicarlo en la Región Metropolitana.
    3. Prorrógase el plazo de vigencia del subsidio a que se refiere esta resolución en 60 días corridos, contados desde la total tramitación del presente instrumento.


    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.