MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.534 EXENTA, DE 2008
Santiago, 10 de septiembre de 2012.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 4.588 exenta.- Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b) La Ley N° 18.168 General de Telecomunicaciones;
c) El decreto supremo N° 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;
d) La resolución exenta N° 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que estableció Numeración para Servicios de Emergencia y Procedimiento de Asignación correspondiente, y sus modificaciones;
e) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando: Lo solicitado mediante ingreso Subtel N° 69.766 de 22.08.12, por la empresa Telefónica Chile S.A. concesionaria de servicio público telefónico.
Resuelvo:
Artículo único.- Agréguese al Apéndice de la resolución exenta N° 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, el siguiente número de servicio de emergencia:
NÚMERO SERVICIO DE EMERGENCIA PARA TENER
ACCESO A
136 Cuerpo de Socorro La recepción de
Andino de Chile llamadas
Atendidas
por personal
del Cuerpo de
Socorro Andino
de Chile,
respecto de
accidentes y
emergencias que
ocurran en
lugares
cordilleranos
y agrestes.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Jorge Atton Palma, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Geraldine González Santibáñez, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.