AUTORIZA EMISORES DE BOLETAS ELECTRÓNICAS

    Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos N° 102, del 28 de septiembre de 2012, que autoriza a contribuyentes como emisor de boleta electrónica.
    Se autoriza como emisor de boleta electrónica a contribuyentes RUT 79.689.550-0, RUT 83.614.800- 2, RUT 78.706.540-6, RUT 96.682.630-4, RUT 96.606.750-0, RUT 76.031.319-K, RUT 76.120.080- 1, RUT 76.227.000-5, RUT 76.357.420-2, RUT 77.927.120-K, RUT 77.705.030-3, RUT 76.163.495- K, RUT 76.051.955-3, RUT 93.097.000-K, RUT 12.880.146-4, RUT 9.889.446-2, RUT 76.268.060-2, RUT 76.497.910-9, RUT 70.990.700-K y RUT 76.118.195-5, a contar del mes de octubre de 2012. En la Oficina Virtual del SII en internet se podrán consultar los documentos que los contribuyentes están autorizados a emitir en forma electrónica.
    El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII del mes de septiembre de 2012.