EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº1.902 EXENTA, DE 2012

    Por resolución exenta Nº 1.902, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se resolvió establecer la Metodología para la implementación directa del Programa de Subsidios de Conectividad al Transporte Público Rural, cuyo texto se transcribe en la resolución y cuyos puntos incluyen esencialmente lo siguiente: 1. Ámbito de Aplicación. (Geográfico y Modalidades de servicio) El Programa de Subsidios de Conectividad al Transporte Público Rural se podrá implementar en zonas geográficas rurales a nivel nacional, distintas a las señaladas en el artículo 3º la ley Nº 20.378, en el marco de lo dispuesto en el artículo 5º de la ley Nº 20.378. Para efectos de esta metodología, se entenderán como zonas geográficas rurales, aquellas comunas, grupo de comunas, pueblos, villas u otras localidades del país que requieran de conectividad de transporte público para trasladarse a uno o más polos de interés, con el fin de que los usuarios accedan a servicios básicos, de comercio, de estudio, de concentración laboral, etc., con tal de que el servicio de transporte público a establecer exceda el radio urbano y no supere los 200 km. de recorrido. Del mismo modo, se podrán considerar como zona geográfica rural aquellas comunas, grupo de comunas, pueblos, villas u otras localidades del país que requieran de conectividad dentro de la misma urbe, siempre y cuando la población de éstas no exceda de los 30.000 habitantes. Se considerarán fuera del ámbito de aplicación de este programa, aquellas zonas que califiquen con nivel aislamiento para la implementación del Subsidio en Zonas Aisladas, según lo establecido en la resolución exenta Nº 1.975, de 2011, de la Subsecretaría de Transportes, que establece la "Metodología de Identificación de Zonas Aisladas para el Otorgamiento de Subsidios al Transporte" o la norma que lo reemplace, salvo que por sus características, la implementación del Programa de Conectividad sea más eficiente que la implementación del Subsidio de Zonas Aisladas, modo terrestre, según se determine y fundamente en cada caso por la División de Subsidios dependiente de la Subsecretaría de Transportes. 2. Objetivo. Mejorar la calidad de vida de las chilenas y chilenos que habitan en los sectores rurales del país, a través del fortalecimiento de los sistemas de transporte público en estas zonas mediante la implementación de mejoras en los estándares de calidad de servicio de éstos. 3. Criterios de impacto social. a) Transporte Público Precario: Se entenderá como transporte público precario aquel que cumpla con alguna de las siguientes condiciones: . Las tarifas de los servicios públicos existentes en las zonas indicadas en el punto 1 anterior de esta metodología, son mayores o iguales a un factor (sobre uno) del promedio de las tarifas de servicios de transporte público rural. . La frecuencia del servicio no cumple con las necesidades de transporte de la población, según lo señale un informe técnico del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la región en que opere el servicio de transporte público. b) Transporte Público Inexistente: Se entenderá que hay inexistencia de servicios de transporte público en una determinada zona geográfica, cuando así lo señale un informe técnico del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la región respectiva, y éste sea ratificado mediante un análisis de la red de transporte público existente, realizado por el Encargado Regional de Subsidios respectivo. c) Existencia de Servicios Subsidiados pertenecientes a los programas de transporte escolar y zonas aisladas modo terrestre: El Programa de Conectividad al Transporte Público Rural también podrá ser aplicable en zonas geográficas donde existan servicios de transporte subsidiados que pertenezcan al Programa de Apoyo al Transporte Regional, modo terrestre (Zonas Aisladas en modo terrestre y/o Transporte Escolar), cuando la implementación del Programa de Subsidios de Conectividad al Transporte Público Rural sea una solución más eficiente en caso de reemplazar al o a los servicios existentes, tanto para el Estado como para los usuarios de transporte rural. 4. Evaluación de la Implementación del Programa.-

    Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.