ESTABLECE PISTAS DE USO EXCLUSIVO PARA BUSES EN TRAMO DE AV. VICUÑA MACKENNA Y DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA

    Núm. 4.504 exenta.- Santiago, 12 de septiembre de 2012.- Visto: La ley Nº18.059; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de Transportes y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; la Ley Nº 19.300 de Bases del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 83/85, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nº59/85 y 39/92, ambas de la misma Secretaría de Estado antes mencionada; el decreto supremo Nº 66, de 3 de junio de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA); el oficio ord. Nº 0851, de 1 de febrero de 2010, del Director (S) de Serviu Metropolitano; las resoluciones exentas Nº 989, de 22 de abril de 2008, Nº 2.522, de 20 de noviembre de 2008 y Nº922, de 14 de mayo de 2009, todas de esta Secretaría Regional; el oficio ord. Nº03950, de 11 de mayo de 2012, del Subdirector (S) de Pavimentación y Obras Viales y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

    Considerando:

    1.- Que, la conclusión de las obras correspondientes a los subtramos del Proyecto denominado "Corredor de Transporte Público Av. Vicuña Mackenna", en el tramo ubicado entre calle Eulogia Sánchez y Av. Matta y entre Diego Portales y Carlos Meza, informado por Serviu Metropolitano, mediante los oficios ords. Nºs. 0851, de 2010 y 03950, de 2012, citados en el Visto, permitirá destinar una pista de la calzada central tanto en Av. Vicuña Mackenna como en Av. Concha y Toro, por cada sentido de circulación para el uso exclusivo de buses de transporte público urbano. Ello permitirá incrementar la velocidad de circulación de los mismos, provocando de este modo un menor tiempo de viaje y de espera para los usuarios en los paraderos, objetivo primordial de la política de transporte urbano aplicable a la ciudad de Santiago.
    2.- Que, lo anterior también se enmarca dentro del plan de Gestión de Tránsito de esta Secretaría Regional, diseñado para enfrentar el Período de Gestión de Episodios Críticos, establecido en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), toda vez que debe estimularse la agilidad de los viajes en el transporte público.
    3.- Que, por lo expuesto, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL Nº 1, de 2007, de Transportes y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
    4.- Que, atendida la progresiva implementación del corredor antes señalado, y con el fin de uniformar la normativa vial aplicable a la operación de transporte público en el eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro, se hace necesario derogar las resoluciones que establecen pistas de uso exclusivo para buses en diferentes tramos de ese eje, dictando al efecto un solo acto administrativo.

    Resuelvo:

    1.- Establécense pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en calzada central del eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro, de las comunas de Santiago, Providencia, Ñuñoa, La Florida y Puente Alto, en los tramos y sentidos de tránsito que se indican en el siguiente cuadro:


    Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas los vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile, los adscritos al Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que se encuentren desempeñando labores de control, y aquellos vehículos municipales destinados a cumplir funciones de apoyo a la función policial, que se encuentren debidamente identificados. AsResolución 2923 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1 a)
D.O. 10.07.2023
imismo, podrán circular taxis colectivos urbanos y Resolución 186 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1 a)
D.O. 03.02.2026
buses de servicios de transporte público rural de pasajeros, cuyos trazados autorizados contemplen la circulación en cualquier tramo del eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro.Resolución 186 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1 b)
D.O. 03.02.2026
   
    2.- Las señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de Señalización de Tránsito.
    3.- Deróganse las resoluciones exentas Nº 989, de 22 de abril de 2008, Nº2.522, de 20 de noviembre de 2008 y Nº 922, de 14 de mayo de 2009, todas de esta Secretaría Regional.
    4.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº18.290.
    5.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


    Anótese y publíquese.- Sergio Stephan Orellana, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.