1.- Modifícase el decreto supremo Nº 136, de 8 de septiembre de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado, en la forma que a continuación se indica:
a)  En el artículo 26, sustitúyense las expresiones "y de Presupuesto e Inversiones" por "de Presupuesto e Inversiones; y de Gestión Financiera.".
b)  Reemplázase el inciso primero del artículo 46, por el siguiente:
    "Las COMPIN estarán integradas por profesionales que sean funcionarios de la Secretaría Regional respectiva, debiendo ser médico cirujano a lo menos uno de ellos. Serán presididas por uno de sus integrantes designado por la autoridad sanitaria y contarán con un Secretario que actuará como ministro de fe respecto de las actuaciones que deban ser autentificadas.".

    2.- El presente decreto entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.