Artículo 34° La Tasa Operacional Anual se reduciráDS 937,1980,
SUB AVIACION
ART UNICO
N° 16
DS 479,1995
SUB.AVIACION
Art.segundo
en un 50% cuando la inscripción en el Registro Nacional de Aeronaves se efectúe entre los meses de julio y octubre y en un 75% cuando dicha inscripción se produzca en los meses de noviembre o diciembre y, en ambos casos, corresponda al primer pago de esta Tasa.