Artículo 50°: La resolución que otorgue laDS 567,1976,
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M.- concesión deberá contener las siguientes menciones, como individualización de la concesión:
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M.- concesión deberá contener las siguientes menciones, como individualización de la concesión:
a) Identificación completa del concesionario.
b) Objeto, destino y características de la concesión.
c) Plazo de la concesión.
d) Monto del derecho que corresponde pagar por laDS 108 1990
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Art. único,
N° 2 concesión, forma y oportunidad del pago, reajustes e intereses.
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Art. único,
N° 2 concesión, forma y oportunidad del pago, reajustes e intereses.
e) Garantía de cumplimiento.