CAPITULO VI (ARTS. 63-67)
  Derechos por servicios de pronósticos noDS 111 1976
SUB AVIACION
N° 4
DS 111 1976
SUB AVIACION
N#4
aeronáuticos

    Artículo 63° Las siguientes publicaciones meteorológicas que entregue la Dirección General de Aeronáutica Civil, estarán gravadas con los siguientes derechos:
1.- Anuario meteorológico------------------    $ 100,00
2.- Números atrasados del anuario
    meteorológico--------------------------      100,00
3.- Boletín pluviométrico mensual,
    subscripción anual---------------------      30,00
4.- Ejemplares aislados del boletín
    pluviométrico--------------------------        4,00
5.- Servicio de suministro de fotografías
    salelíticas, captadas por el sistema
    A.P.T., un valor mensual por un mosaico
    diario---------------------------------      820,00
6.- El ciento de copias de mapas
    meteorológicos en formato tamaño
    oficio---------------------------------      100,00
7.- Un juego de mapas meteorológicos
    microfilmados de superficie de 00 y 12
    TMG, de un año totalizado 730 mapas
    microfilmados--------------------------      300,00
8.- Servicio de pronósticos especiales de
    tipo ocasional cobro mínimo------------      40,00
9.- Los servicios de pronósticos especiales
    y los boletines de pronósticos
    dirigidos al público en general,
    estos últimos, cuando sean
    utilizados por los diferentes
    medios de difusión con fines de
    lucro o comerciales, su valor será
    fijado cada vez que sean solicitados.
    El valor anteriormente indicado deberá seDS 567,1976,
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P.-
r solicitado por el Jefe del Aeropuerto, Aeródromo o Unidad que proporcione el servicio, a la Dirección Meteorológica de Chile, quien determinará la tasa correspondiente.