DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL "CEMENTERIO MUNICIPAL DE PUNTA ARENAS SARA BRAUN", UBICADO EN LA COMUNA DE PUNTA ARENAS, PROVINCIA DE MAGALLANES, REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA

    Núm. 499.- Santiago, 26 de noviembre de 2012.- Considerando:
    Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió en el año 2008, de parte de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, a través de su entonces Alcalde don Juan Morano C., solicitud para declarar Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, al "Cementerio Municipal Sara Braun", de Punta Arenas, ubicado en Avenida Manuel Bulnes N° 029, comuna de Punta Arenas, provincia de Magallanes, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena;
    Que, la construcción del cementerio se enmarca en el contexto histórico de la inmigración europea en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena de fines del siglo XIX, motivada por los hallazgos de oro en Tierra del Fuego, por la introducción de la oveja para la crianza masiva, y por las facilidades dadas por el Estado chileno para el establecimiento de los colonos libres en el territorio, con fines de poblamiento y de desarrollo de actividades económicas, afirmando la presencia de Chile en territorios de la Patagonia Austral;
    Que, en 1894 el Gobernador Señoret gestiona la compra de un terreno alejado de la población, al norte de la ciudad, en la que fue la Avenida "La Pampa", para el establecimiento del Cementerio Municipal de Punta Arenas, cuyo documento oficial de fundación fue firmado por el Presidente Jorge Montt, con fecha 9 de abril del mismo año;
    Que, este cementerio fue reconocido como el ícono de la región en el concurso público "15 Clásicos de Chile en su Bicentenario", convocado por el gobierno en el año 2010;
    Que, los valores en que se apoya esta declaratoria son los siguientes:
    a) Valor histórico: el cementerio municipal, evidencia el conjunto de influencias de diversas nacionalidades de inmigrantes que llegaron a la región en busca de un mejor futuro, y que conforman la cultura magallánica. En este lugar reposan los pioneros, colonos y comerciantes que hicieron de la ciudad de Punta Arenas un punto de referencia para el cono sur, siendo soporte de su historia, tradición y leyendas.
    Este cementerio manifiesta con exactitud el pasado auge cosmopolita de la ciudad a través de sus edificios mortuorios, que retratan y perpetúan la memoria de una época y la necesidad de una población obligada a agruparse para vencer el aislamiento o las dificultades y carencias. Algunos de esos grupos representados por mausoleos son:

.    Sociedad de Beneficencia Portuguesa (14 de mayo de 1893)
.    Sociedad Cosmopolitana de Socorros Mutuos (18 de enero de 1894)
.    Sociedad Española de Socorros Mutuos (21 de marzo de 1895)
.    Sociedad Dálmata de Socorros Mutuos (12 de septiembre de 1896)
.    Sociedad Chilena de Socorros Mutuos (1898)
.    Sociedad Suiza de Socorros Mutuos (1 de agosto de 1902)
.    Sociedad Alemana de Socorros Mutuos (11 de diciembre de 1897)
.    Inválidos y Veteranos de la Guerra del Pacífico (1 noviembre de 1903)
.    Sociedad Femenina de Socorros Mutuos (16 de junio de 1919)
.    Mausoleo Cuerpo de Bomberos (1 noviembre de 1936).

    b) Valor urbano y arquitectónico: el cementerio se emplaza en la Avenida Manuel Bulnes que se presenta con un tramo arbolado con abedules y recrea en su estructura la idea de ciudad-jardín imperante en la época, al incorporar los cipreses canadienses junto a los jardines como elementos directores de su conformación. Su diseño materializa la comprensión de un todo entre elementos arquitectónicos, especialidad y organización urbana del cementerio, debido a que los elementos arquitectónicos como mausoleos, nichos y cipreses integran un conjunto armónico y un paisaje homogéneo.
    La necrópolis tiene una superficie de 4 hectáreas, presenta una explanada de acceso circundada por áreas verdes y mausoleos de distintos estilos arquitectónicos, y una plaza central con una cruz monumental donada por Alfonso Menéndez, que distribuye las avenidas de cipreses canadienses (ciprés macrocarpa) a la manera de parque inglés.
    El carácter ecléctico de su arquitectura, que muestra en su edificio de acceso una manifestación temprana de las vanguardias europeas, en este caso Secesión Vienesa, lo que constituye un claro reflejo de la condición cosmopolita y vanguardista de la ciudad de Punta Arenas.
    c) Valor estilístico: se caracteriza por su arquitectura rica en estilos y ornamentos, tanto en los mausoleos como en el edificio de acceso. El trabajo escultórico de cúpulas, lápidas, obeliscos y cruces, la delicadeza de los materiales con que se construyeron las tumbas, destacan la calidad de constructores y artesanos de la ciudad y de la época.
    Estas formas nacen de la influencia de las colonias extranjeras residentes, que en la medida que comienzan a establecerse, van construyendo en el cementerio mausoleos que combinan estilos con la simbología que su religiosidad le atribuye a la muerte, de tal forma que determinadas formas y estilos representan y caracterizan a las respectivas colonias o instituciones.
    d) Valor de originalidad: es el cementerio laico más austral de Chile, que agrupa a diversos credos y costumbres de inmigrantes que forjaron el desarrollo de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena;
    Que la declaratoria de este monumento histórico ha sido apoyada también por el actual alcalde don Vladimiro Mimica Cárcamo, por la Administración del Cementerio y por la Dirección Regional de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas;
    Que esta declaratoria considera que los trabajos de conservación y mantenimiento de su infraestructura, inhumaciones e intervenciones físicas asociadas al normal proceso que requieren los funerales, estarán exentos de solicitar para su realización la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales. En tanto que las transformaciones o cambios físicos en los elementos que conforman el cementerio, o que alteren su volumetría, proporción, expresión y morfología original, como a su vez el trazado y circuitos de circulación, el retiro de especies arbóreas, cambios al pavimento, restauraciones de objetos de arte, esculturas, cruces, adornos, guirnaldas, enriquecimientos y placas históricas, como también todo elemento propio del mobiliario urbano que se quiera incorporar en el recinto sí deberán solicitar permiso, y

    Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley N° 17.288; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio ord. N° 4.204 de 09/10/2012 del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de Sesión Ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales de 9 de mayo de 2012 (punto 20); carta del Alcalde de Punta Arenas señor Juan Morano C. de fecha 12/06/2008; oficio ord. N° 1.813 de 14/12/2011 del Alcalde de Punta Arenas, señor Vladimiro Mimica Cárcamo; oficio ord. N° 630 de fecha 09/06/2008 del Director Regional de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

    Decreto:

    Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico al "Cementerio Municipal de Punta Arenas Sara Braun", ubicado en Avenida Manuel Bulnes N° 029, de la comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

    El área protegida tiene una superficie aproximada de 4 hectáreas, como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:


    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Harald Beyer Burgos, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.