Artículo 7º: Apruébanse los programas de estudio de 5º y 6º año básico en la asignatura de Idioma Extranjero Inglés, y de 1º a 6º año básico en las asignaturas de:

    - Lenguaje y Comunicación;
    - Matemática;
    - Historia, Geografía y Ciencias Sociales;
    - Ciencias Naturales;
    - Educación Física y Salud;
    - Música;
    - Artes Visuales;
    - Orientación; y
    - Tecnología.