Artículo 7º: Apruébanse los programas de estudio de 5º y 6º año básico en la asignatura de Idioma Extranjero Inglés, y de 1º a 6º año básico en las asignaturas de:
- Lenguaje y Comunicación;
- Matemática;
- Historia, Geografía y Ciencias Sociales;
- Ciencias Naturales;
- Educación Física y Salud;
- Música;
- Artes Visuales;
- Orientación; y
- Tecnología.