APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CARAHUE, LOCALIDAD DE CARAHUE, DE CONFORMIDAD AL ART. 27 DEL DECRETO 104 (INTERIOR), DE 1977, LEY Nº 16.282

    Núm. 29.- Santiago, 27 de abril de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el DL Nº 1.305 (V. y U.), de 1975; en la Ley Nº 16.391; el artículo 27 del decreto Nº 104 (Interior), de 1977, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la Ley Nº 16.282; el DFL Nº458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el DS Nº 47 (V. y U.), de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el DS Nº 150 (Interior), de 2010; el DS Nº 148 (Interior y Seguridad Pública), de 2011; el decreto supremo Nº 8 (V. y U.), de fecha 12 de enero de 1989, que aprueba el Plan Regulador Comunal de Carahue y de la localidad de Trovolhue; el acuerdo Nº 558/2011, del H. Concejo Municipal de Carahue, de fecha 5 de diciembre de 2011; el acta de la sesión ordinaria Nº 108, de 5 de diciembre de 2011, del Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Carahue; el certificado Nº 23, de 26 de enero de 2012, del Secretario Municipal de Carahue; el Informe Antisísmico de enero de 2012; el Ord. Nº 144, de fecha 8 de febrero de 2012, del Alcalde de la I. Municipalidad de Carahue; la resolución 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6º de la Constitución Política de la República de Chile.

    Decreto:

    Artículo 1º: Modifícase el Plan Regulador Comunal de Carahue, localidad de Carahue, aprobado por decreto supremo Nº 8 (V. y U.), del 12 de enero de 1989, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1989, y sus modificaciones, en el sentido de modificar la Ordenanza Local, en cuanto amplía el límite urbano, establece una nueva zonificación, normas urbanísticas y nuevos trazados viales, en la forma que se señala en los artículos siguientes, de conformidad a lo señalado en su Memoria Explicativa y en los estudios de factibilidad y de riesgo y a lo graficado en el Plano MPRC-02 denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Carahue, localidad de Carahue", confeccionado a escala 1:5.000 por la I. Municipalidad de Carahue, documentos que por el presente decreto se aprueban.


    Artículo 2º: Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Carahue, localidad de Carahue, en los siguientes términos:

    1. Reemplázanse en el artículo 2º los números que identifican los puntos y tramos de la línea poligonal que define el límite urbano, singularizados a continuación de la expresión "Nº", por los siguientes nuevos números: "1, 2, 2A, 2B, 8 y 9".
    2. Elimínanse de la tabla contenida en el artículo 6º del Capítulo II, Descripción del Límite Urbano, los puntos 3, 4, 5, 6 y 7 y los tramos 2-3, 3-4, 4-5, 5-6, 6-7 y 7-8, e intercálanse entre los puntos 2 y 8, los siguientes nuevos puntos, 2A y 2B, y los tramos 2-2A, 2A-2B y 2B-8. Los nuevos puntos y tramos del límite urbano se encuentran graficados en el Plano MPRC-02 y son los siguientes:

   

    3. Agrégase en el inciso primero del artículo 17º, contenido en el Capítulo IV, "Definición de Macro Áreas, Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas", Párrafo 1º, "Macro-Áreas", a continuación de "- Áreas Especiales (áreas de restricción)" lo siguiente: "- Áreas de riesgo, las que se grafican en el plano MPRC-02".
    4. Agréganse en el artículo 19º, en "Áreas Consolidadas", a continuación de Zona Z-2, las siguientes nuevas zonas: "Zona Z-3" y "Zona Z-4".
    5. Agrégase en el artículo 19º, a continuación de "Áreas de Extensión", lo siguiente:

    "Áreas de Riesgo
    Zona ZR-6: Zona propensa a avalancha, rodados y/o aluviones
    Zona ZR-7: Zona propensa a avalancha y aluviones
    Zona ZR-8: Zona propensa a avalanchas y rodados
    Zona ZR-9: Zona inundable o potencialmente inundable por ríos y esteros
    Zona ZR-10: Zona inundable o potencialmente inundable por quebradas".

    6. Modifícase el artículo 20º de la siguiente forma:

    6.1. En la Zona Z-1, en la norma urbanística "Altura máxima de edificación", reemplázase en la oración: "Para la edificación aislada y pareada se definirá por la aplicación de rasantes desde el nivel del terreno. Para la continuidad se establece una altura máxima de 14 metros;" el guarismo "14 metros" por el guarismo "7 metros".
    6.2. En la Zona Z-2, en la norma urbanística "Altura máxima de edificación", reemplázase en la oración: "Para la edificación aislada o pareada se definirá por la aplicación de rasantes desde el nivel de terreno. Para la continuidad se establece una altura máxima de 12 metros;" el guarismo "12 metros" por el guarismo "7 metros".
    6.3. Intercálanse entre la "Zona ZE-1 y Zona ZR-1" las siguientes nuevas zonas con sus correspondientes normas urbanísticas, las que se grafican en el plano MPRC-02:
    Zona Z-3 Zona Residencial Mixta

   

    Zona Z-4 Zona Residencial Mixta

   

    6.4. Agréganse a continuación del párrafo final de la Zona ZR-5, las siguientes nuevas zonas, las que se grafican en el plano MPRC-02:

    Zona ZR-6 Zona propensa a avalanchas, rodados y/o aluviones

    Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán las siguientes:

   

    Zona ZR-7 Zona propensa a avalanchas y aluviones

    Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán las siguientes:

   

    Zona ZR-8 Zona propensa a avalanchas y rodados

    Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán las siguientes:

   

    Zona ZR-9 Zona inundable o potencialmente inundable por ríos y esteros

    Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán las siguientes:

   

    Zona ZR-10 Zona inundable o potencialmente inundable por quebradas

    Las normas urbanísticas que aplicarán en esta zona cuando se cumpla con los requisitos que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán las siguientes:

   


    7. Agrégase en el artículo 23º, a continuación de la tabla de Vías Estructurantes del Plan Regulador Comunal, una nueva tabla, la que contiene las nuevas vías estructurantes que se grafican en el plano MPRC-02:

   

    Artículo 3º: Modifícase el Plano PR-1 denominado "Plano Regulador Comunal de Carahue", del Plan Regulador Comunal de Carahue, localidad de Carahue, de la siguiente forma:

    a) En el área delimitada por los polígonos identificados con las letras A, A1, A2 y A3, reemplázase la "Zona Z 1" por "Zona ZR-8".
    b) En el área delimitada por los polígonos identificados con las letras B, C y H, reemplázase la "Zona Z 1" por "Zona ZR-7".
    c) En el área delimitada por el polígono identificado con la letra G, reemplázase la "Zona Z 2", por "Zona ZR-7".
    d) En el área delimitada por el polígono identificado con la letra D, reemplázanse las zonas "Zona ZE-1" y "Zona Z 2" por "Zona ZR-7".
    e) En el área delimitada por el polígono identificado con la letra E, reemplázanse las zonas "Zona ZE 1", "Zona ZR-4" y "Zona Z 2" por "Zona ZR-7".
    f) En el área delimitada por el polígono identificado con la letra F, reemplázase la "Zona ZE 1" por "Zona ZR-7".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División de Infraestructura y Regulación
    Subdivisión Jurídica

Cursa con alcance el decreto Nº 29, de 2012, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que modifica el Plan Regulador Comunal de Carahue

    Nº 80.101.- Santiago, 26 de diciembre de 2012.

    Esta Contraloría General ha dado curso al decreto Nº 29, de 2012, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la "Modificación al Plan Regulador Comunal de Carahue, localidad de Carahue", de conformidad con lo previsto en el decreto Nº 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley Nº 16.282, que contiene disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes, por cuanto se ajusta a derecho.

    Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que entiende que las cifras consignadas en el plano MPRC-02, para identificar el punto 2B y la vía "Alcalde Floddy B.", corresponden a las señaladas en los cuadros contenidos en los puntos 2 y 7, respectivamente, del artículo 2º del documento de que se trata, y no las allí indicadas.

    Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo de la suma.

    Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.

Al señor
Ministro de Vivienda y Urbanismo
Presente.