Artículo quinto.- Por resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, visada por la Dirección de Presupuestos, se fijarán los procedimientos, modalidades y plazos para la acreditación de la afiliación, la modalidad y periodicidad con que se entregarán los recursos y las demás normas para la implementación de esta ley.