Artículo 7º.- La información relativa a la naturaleza jurídica de la institución considerará las siguientes especificaciones técnicas:

a)  Naturaleza jurídica de la entidad organizadora o sostenedora de la institución de educación superior, con su respectiva razón social y rol único tributario; señalando con precisión el acto jurídico que la origina y sus modificaciones posteriores, con sus respectivas fechas de otorgamiento y números de inscripción;
b)  Individualización de sus socios o miembros, con sus respectivos nombre(s), apellidos, nacionalidad, profesión u oficio y cédula nacional de identidad;
c)  Identificación precisa de quienes forman parte del cuerpo directivo superior de la institución, identificando con claridad el grado de participación de cada uno de ellos en las decisiones relevantes de la institución.