APRUEBA CIRCULAR ORDINARIA N° O-75/004
Núm. 12.600/750 Vrs.- Valparaíso, 28 de diciembre de 2012.- Visto: El DL (M) N° 2.222, del 21 de mayo de 1978, que aprueba la Ley de Navegación; el DFL N° 292, del 25 de julio de 1953, que aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el Capítulo II-2, Regla 10, del SOLAS 1974; la circular OMI. MSSC/1318, del 11 de junio de 2009; el artículo 345° bis, del DS (M) N° 1.340 bis, del 14 de junio de 1941 y lo dispuesto en la Directiva DGTM y MM N° J-03/001, del 26 de junio de 2008,
Resuelvo:
Apruébase la siguiente circular que imparte instrucciones para la extinción de incendio a base de anhídrido carbónico.
CIRCULAR DGTM Y MM ORDINARIA N° O-75/004
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OBJ.: IMPARTE INSTRUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO Y LA INSPECCIÓN DE LOS SISTEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIO A BASE DE ANHÍDRIDO CARBÓNICO
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I.- INFORMACIONES.
Las presentes disposiciones, en las que se indica el nivel mínimo de mantenimiento e inspecciones para los sistemas fijos de extinción de incendios a base de anhídrido carbónico en todos los buques, tienen como fin demostrar que el sistema en cuestión se mantiene en buen estado de funcionamiento, de conformidad con la regla II-2/14.2.1.2 del Convenio SOLAS.
Las presentes directrices están destinadas a complementar las instrucciones de mantenimiento aprobadas por el fabricante de sistemas de extinción de incendios. Ciertas tareas de mantenimiento e inspecciones podrán ser realizadas por miembros de la tripulación competentes, mientras que otras deberán ser llevadas a cabo por personas que hayan recibido una formación especial en el mantenimiento de dichos sistemas. El plan de mantenimiento de a bordo deberá indicar qué partes de las tareas de mantenimiento y de las inspecciones que se recomiendan deberá efectuar el personal capacitado.
Siempre que se realicen tareas de inspección o mantenimiento de sistemas fijos de extinción de incendios a base de anhídrido carbónico deberán observarse precauciones de seguridad estrictas para que las personas que realicen o presencien las actividades no corran peligro. Antes de proceder realizar trabajo alguno, se debería elaborar un plan de seguridad para saber dónde se encuentra cada uno y establecer un sistema eficaz de comunicaciones entre el personal de la inspección y la tripulación que se encuentre de servicio.
Como procedimiento inicial para la protección del personal que realice actividades de mantenimiento o inspección, deberán adoptarse medidas a fin de evitar descargas accidentales, tales como enclavar o quitar los brazos de funcionamiento de las válvulas direccionales, o cerrar y enclavar la válvula de cierre del sistema. Se debería informar a todo el personal de las actividades inminentes antes de su comienzo.
II. INSTRUCCIONES
A.- PLAN DE MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN
Los sistemas fijos de extinción de incendios a base de anhídrido carbónico deberán mantenerse en buen estado de funcionamiento y listos para su uso inmediato. Las tareas de inspección y mantenimiento deberán llevarse a cabo de conformidad con el plan de mantenimiento del buque, teniendo debidamente en cuenta el objetivo de garantizar la fiabilidad del sistema. El plan de mantenimiento de a bordo debería incluirse en el sistema de gestión de seguridad del buque, cuando corresponda y deberá basarse en las recomendaciones del fabricante del sistema, entre ellas:
1.- Procedimientos e instrucciones de mantenimiento
e inspección;
2.- Calendarios prescritos de inspecciones y
mantenimiento periódicos;
3.- Lista de piezas de respeto/repuesto que se
recomiendan, y
4.- Registros de las inspecciones y el
mantenimiento, incluidas las medidas correctivas
para mantener el sistema en condiciones de
funcionamiento.
B.- INSPECCIONES MENSUALES
1.- Al menos una vez cada 30 días deberá realizarse
una inspección visual de las condiciones en que
se encuentra el conjunto del sistema buscando
indicios evidentes de desperfectos y verificando
que:
a.- Todas las válvulas de cierre se encuentran
en la posición cerrada;
b.- Todos los mandos de accionamiento se
encuentran en la debida posición y puede
accederse a ellos fácilmente para su uso
inmediato;
c.- Todas las tuberías de descarga y los
conductos neumáticos están intactos y no se
han dañado;
d.- Todas las botellas de alta presión se
encuentran en su posición y debidamente
sujetas, y
e.- Los dispositivos de alarma se encuentran en
su posición y no parecen estar dañados.
2.- Además, en el caso de los sistemas de
funcionamiento a baja presión, en las
inspecciones deberá verificarse que:
a.- El manómetro indica unos valores normales;
b.- El indicador del nivel de líquido muestra
un nivel adecuado;
c.- La válvula principal de reservas del tanque
de almacenamiento, de accionamiento manual,
se encuentra fijada en la posición abierta,
y
d.- La válvula de la tubería de suministro de
vapor se encuentra fijada en la posición
abierta.
C.- INSPECCIONES ANUALES
1.- Al menos una vez cada 12 meses, deberán
realizarse las siguientes tareas mínimas de
mantenimiento e inspección de conformidad con
las instrucciones del fabricante del sistema y
con las precauciones de seguridad:
a.- Deberán inspeccionarse visualmente los
contornos de los espacios protegidos para
confirmar que no se han realizado
modificaciones en el recinto por las que se
hayan creado aberturas que no pudieran
cerrarse e impedirían el funcionamiento del
sistema;
b.- Deberán inspeccionarse visualmente todos
los contenedores de almacenamiento con
miras a verificar si existen indicios de
averías o de óxido o piezas de montaje
sueltas. Las botellas que presenten fugas,
corrosión, hendiduras o protuberancias
deberán someterse de nuevo a una prueba
hidrostática o sustituirse por otras;
c.- Deberán inspeccionarse visualmente las
tuberías del sistema buscando indicios de
averías, soportes flojos y corrosión.
Deberán inspeccionarse las toberas para
verificar que no están obstruidas por el
almacenamiento de piezas de respeto o
debido a nuevas instalaciones de estructura
o maquinaria;
d.- Deberá inspeccionarse el colector para
verificar que todas las mangueras flexibles
de descarga y todas sus piezas están
debidamente apretadas, y
e.- Todas las puertas de entrada a los espacios
protegidos deberán cerrar debidamente y
estar provistas de carteles de aviso que
indiquen que dicho espacio está protegido
por un sistema fijo a base de anhídrido
carbónico y que debería evacuarse de
inmediato si suena la alarma. Deberán
comprobarse todos los mandos de
accionamiento remoto para verificar que sus
instrucciones de funcionamiento son claras
y que se indica el espacio que les
corresponde.
D.- MANTENIMIENTO MÍNIMO RECOMENDADO
1.- Al menos una vez cada bienio (intervalos de dos
años ± tres meses) deberán llevarse a cabo las
siguientes tareas de mantenimiento en los buques
de pasaje, o, en el caso de los buques de carga,
en cada reconocimiento intermedio, periódico o de
renovación (para ayudar a llevar a cabo el
mantenimiento recomendado se reproducen en el
apéndice ejemplos de listas de revisión):
a.- Deberán pesarse todas las botellas de alta
presión y las botellas piloto o debería
comprobarse su contenido por cualquier otro
método para confirmar que la carga de la que
dispone cada uno de ellos excede del 90% de
la carga nominal. Las botellas que contengan
menos del 90% de la carga nominal deberán
llenarse de nuevo. Debería comprobarse el
nivel del líquido de los tanques de
almacenamiento de baja presión para
verificar que se dispone de la carga de
anhídrido carbónico necesaria para proteger
contra el riesgo más alto;
b.- Debería verificarse la fecha de la prueba
hidrostática de todos los contenedores de
almacenamiento. Las botellas de alta presión
deberán someterse a pruebas periódicas a
intervalos que no excedan de 10 años. En la
inspección del décimo año deberá someterse a
pruebas hidrostáticas e inspecciones
internas el 10% de las botellas, como
mínimo. Si fallaran una o varias botellas,
debería someterse a prueba el 50% de las
botellas de a bordo. Si fallara un número
superior a este porcentaje, deberán
someterse a prueba todas ellas. Las
mangueras flexibles deberán sustituirse a
los intervalos recomendados por el
fabricante pero que no excedan de 10 años, y
c.- Deberán someterse a pruebas las toberas y
tuberías de descarga para verificar que no
están bloqueadas. Las pruebas deberán
llevarse a cabo aislando del sistema las
tuberías de descarga y soplando por ellas
aire seco o nitrógeno procedente de las
botellas de prueba o cualesquiera otros
medios adecuados.
2.- Al menos una vez cada bienio (intervalos de dos
años ± tres meses) se deberán llevar a cabo las
siguientes tareas de mantenimiento en los buques
de pasaje, y en el caso de buques de carga, en
cada reconocimiento de renovación (este
reconocimiento deberá ser efectuado por personal
o servicios calificados):
a.- Siempre que sea posible, todas las cabezas
activadoras deberán ser retiradas de las
válvulas de las botellas y sometidas a
prueba para comprobar su correcto
funcionamiento mediante la aplicación de la
presión de trabajo total a través de las
tuberías piloto.
En los casos en que esto no sea posible, las
tuberías piloto deberán desconectarse de las
válvulas de las botellas y cerrarse o
conectarse juntas y someterse a prueba con
la presión de trabajo total desde el puesto
de accionamiento y deberá comprobarse que no
hay escapes.
En ambos casos esto deberá llevarse a cabo
desde uno o más puestos de accionamiento,
cuando los haya.
Si los mandos de accionamiento remoto actúan
por cables de arrastre manual, debería
comprobarse que los cables y sus poleas de
cambio de dirección están en buen estado y
funcionan sin problemas y no exigen un
recorrido excesivo para accionar el sistema.
b.- Deberán limpiarse y ajustarse todos los
componentes de los cables, según se
necesite, y los conectores de los cables
deberán estar debidamente ajustados. Si los
mandos de accionamiento remoto funcionan por
presión neumática, deberá verificarse que en
las tuberías no hayan fugas y que las
botellas piloto de gas de los puestos
remotos de descarga tienen la carga
adecuada. Todos los mandos y los
dispositivos de alarma deberán funcionar
normalmente y el dispositivo de retardo, si
lo hay, deberá impedir la descarga de gas
durante el tiempo necesario, y
c.- El sistema deberá ponerse de nuevo en
servicio una vez terminadas las tareas.
Deberá verificarse que todos los mandos de
accionamiento se encuentran en sus
posiciones correctas y están conectados a
las válvulas de control pertinentes. Los
dispositivos de enclavamiento de todos los
presóstatos deberán reinicializarse y
ponerse nuevamente en servicio. Todas las
válvulas de cierre deberán estar en la
posición de cerrado.
III.-ANEXO
"A" EJEMPLO DE LISTAS DE REVISIÓN.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile.- Enrique Larrañaga Martin, Vicealmirante, Director General.
ANEXO "A"
EJEMPLO DE LISTAS DE REVISIÓN
. En el caso de que formen parte del sistema a base de anhídrido carbónico.
. En el caso de que formen parte del sistema a base de anhídrido carbónico.
Valparaíso, 28 de diciembre de 2012.- Iván Valenzuela Bosne, Contraalmirante LT, Director.