FIJA A EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS DENOMINADAS NUEVA LÍNEA CARDONES - MAITENCILLO 2 x 500 KV, NUEVA LÍNEA MAITENCILLO - PAN DE AZÚCAR 2 x 500 KV Y NUEVA LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2 x 500 KV EN EL SISTEMA DE TRANSMISIÓN TRONCAL DEL SISTEMA INTERCONECTADO CENTRAL

    Núm. 109.- Santiago, 6 de noviembre de 2012.- Vistos:
    1. Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República;
    2. En la ley N° 20.402, que crea el Ministerio de Energía, estableciendo modificaciones al DL N° 2.224 de 1978 y a otros cuerpos legales;
    3. En el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "ley", especialmente lo establecido en su artículo 97°;
    4. En el decreto supremo N° 48, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento que fija el procedimiento para la realización del estudio de transmisión troncal;
    5. En el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos;
    6. En el decreto exento N° 115, de 2 de mayo de 2011, modificado por el decreto exento N° 399, de 12 de octubre de 2011, ambos del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente "decreto exento N° 115", que Fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal, del Sistema Interconectado Central, SIC;
    7. En la resolución exenta N° 304, de 13 de junio de 2011, modificada por las resoluciones exentas Nos 585, 627, 34, 149 y 173, 368 y 587, de 7 de octubre de 2011, de 26 de octubre de 2011, de 16 de enero de 2012, de 15 de marzo de 2012 y de 22 de marzo de 2012, 31 de mayo de 2012 y 7 de agosto de 2012, respectivamente, todas de la Comisión Nacional de Energía, que fija texto de las Bases de Licitación de las Obras Nuevas del Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal para los doce meses siguientes, aprobado a través de decreto exento N° 115, de 2011, del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente las "Bases" o las "Bases de Licitación";
    8. Lo informado el 4 de octubre de 2012 por la Dirección de Peajes, en adelante, e indistintamente, DP, del Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado Central, en adelante, e indistintamente, CDEC-SIC, en su carta DP N° 0646/2012, de 2 de octubre de 2012;
    9. Lo informado por la Comisión Nacional de Energía, en adelante, e indistintamente, la Comisión, en su oficio CNE. of. ord. N° 387/2012, de 11 de octubre de 2012; y
    10. En la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 99° y siguientes de la Ley, el Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente el Ministerio, mediante el decreto exento N° 115, fijó el plan de expansión del sistema de transmisión troncal, del SIC para los doce meses siguientes;
    2. Que, según lo dispuesto en el artículo 97° de la Ley, el Ministerio, mediante decreto expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", en adelante, e indistintamente, el "Decreto de Adjudicación", debe fijar: a) La empresa adjudicataria; b) Las características técnicas del proyecto; c) La fecha de entrada en operación; d) El valor de la transmisión por tramo de las nuevas líneas o subestaciones de transmisión troncal, conforme al resultado de la licitación; y e) Las fórmulas de indexación del valor señalado en la letra d) anterior;
    3. Que, la DP del CDEC SIC efectuó el proceso de licitación en conformidad al decreto exento N° 115 y las Bases de Licitación definidas por la Comisión para tal efecto;
    4. Que, de conformidad a lo establecido en el decreto exento N° 115, el Decreto de Adjudicación puede establecer todas aquellas condiciones necesarias para la correcta ejecución de cada proyecto, así como las condiciones adicionales que deba cumplir el adjudicado conforme a los términos de su propuesta y la fecha para el cumplimiento de los hitos relevantes del proyecto; y
    5. Que, la Comisión, mediante su oficio CNE. of. ord. N° 387/2012, de 11 de octubre de 2012, remitió al Ministerio el Informe Técnico con Antecedentes de Licitación y Adjudicación de las Obras Nuevas: "Nueva Línea Cardones - Maitencillo 2 x 500 kV", "Nueva Línea Maitencillo - Pan de Azúcar 2 x 500 kV" y "Nueva Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2 x 500 kV", del SIC, en adelante e indistintamente las "Obras Nuevas" o "los Proyectos", cumpliéndose de esta forma todas las disposiciones legales y reglamentarias para la adjudicación de los derechos de explotación y ejecución de las obras calificadas como obras nuevas en el Sistema de Transmisión Troncal del SIC.

    Decreto:

    Primero: Fíjase a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., los Derechos de Explotación y Ejecución de las Obras Nuevas: "Nueva Línea Cardones - Maitencillo 2 x 500 kV", "Nueva Línea Maitencillo - Pan de Azúcar 2 x 500 kV" y "Nueva Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2 x 500 kV", del plan de expansión del Sistema de Transmisión Troncal del SIC, establecido mediante decreto exento N° 115, y fíjense las condiciones y términos para su ejecución y explotación.

    Segundo: Fíjanse las características técnicas, la fecha de entrada en operación, el valor de la transmisión por tramo y la fórmula de indexación de los Proyectos, de acuerdo a lo establecido en el decreto exento N° 115, lo informado por la DP y a las Ofertas Técnicas de la empresa adjudicataria.

1.  Proyectos.
    Nueva Línea Cardones - Maitencillo 2 x 500 kV
    a)  Características Técnicas Mínimas del Proyecto.

    El Proyecto consiste en la construcción de una nueva línea en 500 kV entre la Subestación Cardones y la Subestación Maitencillo, de una longitud aproximada de 132,4 km, en estructuras para doble circuito, con una capacidad de 1.500 MVA. El proyecto incluye los paños de línea en ambos extremos de la línea.

- Tensión de operación                        500 kv
- Número de circuitos                          2
- Capacidad de diseño de la línea de circuito  1.700 MVA a
                                              35°C con sol
- Conductores por fase de cada circuito        4
- Resistencia máxima por fase de cada circuito 0,025 ohm/km
- Cable de guardia                            OPGW o
                                              equivalente
- Transposiciones                              1 ciclo
                                              completo
- Reactores de línea                          75 MVA por
                                              cada
                                              circuito en
                                              extremo
                                              Nueva
                                              Cardones

    Para la conexión de la línea se deberán considerar paños de conexión para cada circuito. En el caso del lado Maitencillo, la línea se deberá conectar a las diagonales que serán instaladas en dicho lugar. En el lado Cardones, el proyecto contempla la construcción de diagonales en 500 kV, sus barras principales en 500 kV, con una capacidad de 1.700 MVA 35°C con sol cada una, y reactores de las líneas, para lo cual el adjudicatario de la obra deberá adquirir el terreno respectivo, dentro de un área delimitada por un radio de 5 kilómetros desde la actual subestación Cardones 220 kV. Asimismo, se deberá considerar la construcción de dos patios principales, uno de 500 kV y otro de 220 kV, en configuración interruptor y medio, así como todos los elementos y equipos necesarios para el correcto funcionamiento de este nuevo nodo.
    Adicionalmente, se deberá dejar el espacio suficiente para alojar la futura transformación 500/220 kV (2 bancos de transformadores monofásicos de 250 MVA cada uno, más una unidad de reserva) y espacio para tres bancos de condensadores estáticos. Se deberá considerar, además, el espacio adicional para 4 diagonales de 500 kV, compensaciones serie y reactores en 500 kV; y espacio para 8 paños en 220 kV, en configuración interruptor y medio.
    Dentro del área delimitada anteriormente, se deberá realizar el enlace con la actual subestación Cardones, el cual se deberá realizar en líneas en 220 kV de doble circuito, con una capacidad de diseño de 750 MVA por circuito a 35°C con sol.
    No obstante lo anterior, el Proyecto tendrá todas las otras características técnicas que, no habiendo sido señaladas explícitamente en este decreto, hayan sido incluidas en la Oferta Técnica de la Empresa Adjudicataria y las solicitadas en las Bases de Licitación y su proceso.

    b) Valor Anual de la Transmisión por Tramo.

    Conforme a lo informado por la DP, respecto a la apertura de ofertas y a las evaluaciones correspondientes al proceso de licitación del Proyecto, el valor anual de transmisión por tramo, en adelante "VATT", con que el proyecto fue adjudicado resultó igual a 12.691.000 (doce millones seiscientos noventa y un mil) dólares de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra compuesto por una Anualidad del Valor de inversión, en adelante "AVI", de 9.871.000 (nueve millones ochocientos setenta y un mil) dólares de los Estados Unidos de América y un Costo de Operación, Mantenimiento y Administración, en adelante "COMA", de 2.820.000 (dos millones ochocientos veinte mil) dólares de los Estados Unidos de América.

    Nueva Línea Maitencillo - Pan de Azúcar 2 x 500 kV
    a)  Características Técnicas Mínimas del Proyecto.

    El Proyecto consiste en la construcción de una nueva línea en 500 kV entre la Subestación Maitencillo y la Subestación Pan de Azúcar, de una longitud aproximada de 209,2 km, en estructuras para doble circuito, con una capacidad de 1.500 MVA. El Proyecto incluye los paños de línea en ambos extremos de la línea.

- Tensión de operación                        500 kv
- Número de circuitos                          2
- Capacidad de diseño de la línea de circuito  1.700 MVA a
                                              35°C con sol
- Conductores por fase de cada circuito        4
- Resistencia máxima por fase de cada circuito 0,025 ohm/km
- Cable de guardia                            OPGW o
                                              equivalente
- Transposiciones                              1 ciclo
                                              completo
- Reactores de línea                          75 MVA por
                                              cada
                                              circuito en
                                              cada extremo
- Compensación en serie                        Al menos 50%
                                              de la
                                              Reactancia
                                              de la línea
                                              por cada
                                              circuito

    Para la conexión de la línea se deberán considerar paños de conexión para cada circuito. En el caso del lado Pan de Azúcar, la línea se deberá conectar a las diagonales que serán instaladas en dicho lugar, además de considerar los reactores de la línea y la compensación serie hacia Maitencillo. En el lado Maitencillo, el Proyecto contempla la construcción de diagonales en 500 kV, sus barras principales en 500 kV, con una capacidad de 1.700 MVA 35°C con sol cada una, y reactores de las líneas, para lo cual el adjudicatario de la obra deberá adquirir el terreno respectivo, dentro de un área delimitada por un radio de 10 kilómetros desde la actual subestación Maitencillo 220 kV. Asimismo, se deberá considerar la construcción de dos patios principales, uno de 500 kV y otro de 220 kV, en configuración interruptor y medio, así como todos los elementos y equipos necesarios para el correcto funcionamiento de este nuevo nodo.
    Adicionalmente, se deberá dejar el espacio suficiente para alojar la futura transformación 500/220 kV (2 bancos de transformadores monofásicos de 250 MVA cada uno, más una unidad de reserva), junto con espacio para bancos de condensadores estáticos. Además, se deberá considerar espacio adicional para 4 diagonales de 500 kV y de 8 paños en 220 kV, en configuración interruptor y medio.
    Dentro del área delimitada anteriormente, se deberá realizar el enlace con la actual subestación Maitencillo, el cual se deberá realizar en líneas en 220 kV de doble circuito, con una capacidad de diseño de 750 MVA por circuito a 35°C con sol.
    No obstante lo anterior, el Proyecto tendrá todas las otras características técnicas que, no habiendo sido señaladas explícitamente en este decreto, hayan sido incluidas en la Oferta Técnica de la Empresa Adjudicataria y las solicitadas en las Bases de Licitación y su proceso.

    b)  Valor Anual de la Transmisión por Tramo.

    Conforme a lo informado por la DP, respecto a la apertura de ofertas y a las evaluaciones correspondientes al proceso de licitación del Proyecto, el VATT con que el proyecto fue adjudicado resultó igual a 18.366.000 (dieciocho millones trescientos sesenta y seis mil) dólares de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra compuesto por una AVI, de 14.466.000 (catorce millones cuatrocientos sesenta y seis mil) dólares de los Estados Unidos de América y un COMA, de 3.900.000 (tres millones novecientos mil) dólares de los Estados Unidos de América.

    Nueva línea Pan de Azúcar - Polpaico 2 x 500 kV
    a)  Características Técnicas Mínimas del Proyecto.

    El Proyecto consiste en la construcción de una nueva línea en 500 kV entre la Subestación Pan de Azúcar y la Subestación Polpaico, de una longitud aproximada de 401,8 km, en estructuras para doble circuito, con una capacidad de 1.500 MVA. El Proyecto incluye los paños de línea en ambos extremos de la línea.

- Tensión de operación                        500 kv
- Número de circuitos                          2
- Capacidad de diseño de la línea de circuito  1.700 MVA a
                                              35°C con sol
- Conductores por fase de cada circuito        4
- Resistencia máxima por fase de cada circuito 0,025 ohm/km
- Cable de guardia                            OPGW o
                                              equivalente
- Transposiciones                              2 ciclos
                                              completo
- Reactores de línea                          175 MVA por
                                              cada
                                              circuito en
                                              cada extremo
- Compensación en serie                        Al menos 50%
                                              de la
                                              Reactancia
                                              de la línea
                                              por cada
                                              circuito

    Para la conexión de la línea se deberán considerar paños de conexión para cada circuito. En el caso de la subestación Polpaico, los paños a instalar deberán ser acordes con la configuración de barras de esa subestación. Para el caso del extremo Pan de Azúcar, el Proyecto contempla la construcción de diagonales en 500 kV, sus barras principales en 500 kV, construcción de las compensaciones serie de las líneas y reactores de las líneas, para lo cual el adjudicatario de la obra deberá adquirir el terreno respectivo, dentro de un área delimitada por un radio de 20 kilómetros desde la actual subestación Pan de Azúcar 220 kV. Asimismo, se deberá considerar la construcción de dos patios principales, uno de 500 kV y otro de 220 kV, en configuración interruptor y medio, así como todos los elementos y equipos necesarios para el correcto funcionamiento de este nuevo nodo.
    Adicionalmente, se deberá dejar el espacio suficiente para alojar la futura transformación 500/220 kV (2 bancos de transformadores monofásicos de 250 MVA cada uno, más una unidad de reserva), junto con el espacio para bancos de condensadores estáticos. Además, se deberá dejar el espacio suficiente para la compensación serie de las líneas hacia Maitencillo y futuras ampliaciones en 500 kV y 220 kV, considerando para estas últimas el espacio adicional para 4 diagonales de 500 kV y de 8 paños en 220 kV, en configuración interruptor y medio.
    Dentro del área delimitada anteriormente, se deberá realizar el enlace con la actual subestación Pan de Azúcar, el cual se deberá realizar en líneas en 220 kV de doble circuito, con una capacidad de diseño de 750 MVA por circuito a 35°C con sol.
    No obstante lo anterior, el Proyecto tendrá todas las otras características técnicas que, no habiendo sido señaladas explícitamente en este decreto, hayan sido incluidas en la Oferta Técnica de la Empresa Adjudicataria y las solicitadas en las Bases de Licitación y su proceso.

    b)  Valor Anual de la Transmisión por Tramo.

    Conforme a lo informado por la DP, respecto a la apertura de ofertas y a las evaluaciones correspondientes al proceso de licitación del Proyecto, el VATT con que el proyecto fue adjudicado resultó igual a 31.723.000 (treinta y un millones setecientos veintitrés mil) dólares de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra compuesto por una AVI, de 26.123.000 (veintiseis millones ciento veintitrés mil) dólares de los Estados Unidos de América y un COMA, de 5.600.000 (cinco millones seiscientos mil) dólares de los Estados Unidos de América.

2.  Características comunes a las tres Obras Nuevas precedentes.
    a)  Fecha de entrada en operación.

    De acuerdo a lo establecido en el decreto exento N° 115, el proyecto deberá ser construido y entrar en operación, a más tardar, dentro de los 60 meses siguientes contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    En el caso que el día de entrada en operación del Proyecto sea un día sábado, domingo o festivo, éste podrá ser prorrogado al primer día hábil siguiente.

    b)  Fórmula de indexación.

    De acuerdo a lo especificado en las Bases, el VATT de la Empresa Adjudicataria se reajustará anualmente, en dólares de los Estados Unidos de América, según la siguiente fórmula de indexación, de acuerdo a la variación de sus componentes AVI y COMA:

    .

    Donde, para la fórmula anterior:

VATTk    : Valor del VATT de la obra nueva para el mes k.
CPIk    : Valor del índice Consumer Price Index (All Urban
          Consumers), en el segundo mes anterior al mes k,
          publicado por el Bureau of Labor Statistics
          (BLS) del Gobierno de EE.UU. (Código BLS:
          CUUR0000SA0).
IPCk    : Valor del índice de Precios al Consumidor en el
          segundo mes anterior al mes k, publicado por el
          Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
DOLk    : Promedio del Precio Dólar Observado, en el
          segundo mes anterior al mes k, publicado por el
          Banco Central de Chile.
AVIo    : Valor del AVI, que compone el VATT adjudicado de
          la Obra Nueva, indicado en el correspondiente
          literal b) del numeral 1 precedente del presente
          decreto.
COMAo    : Valor del COMA, que, compone el VATT adjudicado
          de la Obra Nueva, indicado en el correspondiente
          literal b) del numeral 1 precedente del presente
          decreto.

    Por lo anterior, se utilizará como referencia el mes de adjudicación de cada Proyecto, con el fin de conformar los valores base de los índices, tal que al mes de la Adjudicación, la aplicación de la fórmula de indexación para el AVI y COMA, dé como resultado el AVI y COMA que conforman el VATT adjudicado.
    En consecuencia, los valores base para los índices antes definidos corresponden a los que a continuación indican:

    .

    c)  Régimen y Período de Remuneración de los
          Proyectos.

    El pago del VATT señalado en los literales b) del numeral 1 precedente y su fórmula de indexación, constituirá la remuneración de los Proyectos por un período de 240 meses (20 años), que se iniciará a partir de la fecha de comunicación al CDEC-SIC por parte de la Empresa Adjudicataria de la puesta en servicio del respectivo Proyecto. Copia de esta comunicación deberá ser enviada a la Comisión y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
    Una vez transcurrido el período señalado, las instalaciones y su valorización deberán ser revisadas en el estudio de transmisión troncal correspondiente.
    Los pagos por el servicio de transporte o transmisión a la Empresa Adjudicataria se realizarán de acuerdo con lo establecido tanto en los artículos 101° y siguientes de la Ley, y lo que disponga el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos,

    Tercero: Fíjanse las condiciones y términos adicionales para la correcta ejecución de los Proyectos.

    1. Hitos Relevantes de los Proyectos.
    Los hitos relevantes que deberá cumplir la Empresa Adjudicataria para la correcta ejecución de cada Proyecto, son los siguientes:

a)  Hito Relevante N° 1: Órdenes de Proceder por Suministros y Estudio que determina las especificaciones de detalle del respectivo Proyecto. Corresponde a la orden de proceder por al menos el 50% de los suministros necesarios para la línea de al menos los siguientes ítems: conductor, estructuras metálicas y aisladores. Además, se debe entregar el estudio que determina las especificaciones de detalle de cada Proyecto para la compensación serie, los reactores e interruptores, entre otros y que incluye estudios dinámicos del sistema, los cuales deberán garantizar el correcto funcionamiento de estas instalaciones cuando se conecten al SIC.
    Lo anterior se comprobará mediante una carta de aceptación de la orden de proceder por los suministros emitida por el adjudicatario y la aprobación por parte del auditor del respectivo Proyecto y del CDEC-SIC, del Estudio que determina las especificaciones de detalle del Proyecto correspondiente.
    Este hito deberá cumplirse a más tardar los 365 días corridos siguientes, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

b)  Hito Relevante N° 2: Obtención de la resolución de Calificación Ambiental y Presentación de la Solicitud de Concesión Definitiva. Corresponde a la aprobación por parte de los organismos competentes del Estudio de Impacto Ambiental o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, que debe presentar la Empresa Adjudicataria del respectivo Proyecto, y de la realización de la solicitud de concesión definitiva ante el Ministerio de Energía.
    La obtención de la resolución de Calificación Ambiental se comprobará mediante la verificación de la emisión de tal resolución por parte del órgano competente. La admisibilidad de la solicitud de concesión se comprobará con la emisión del oficio correspondiente por parte del Ministerio de Energía.
    Este hito deberá cumplirse a más tardar 791 días corridos siguientes, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

c)  Hito Relevante N° 3: Construcción de las fundaciones. Corresponde a la construcción de las fundaciones de las estructuras de las respectivas líneas y se comprobará mediante la inspección en terreno por parte del personal de la auditoría técnica, a que hace referencia el numeral 11.2.1 de las Bases de Licitación, en la que se constate un porcentaje de avance correspondiente a la construcción de, al menos, un 50% de las fundaciones de las estructuras de la línea correspondiente.
    Este hito deberá cumplirse a más tardar 1.496 días corridos desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

d)  Hito Relevante N° 4: Prueba de equipos. Corresponde al ensayo y/o pruebas de los equipos de la respectiva Obra Nueva. Se comprobará el cumplimiento del hito, mediante la aprobación de los informes de los ensayos por parte del auditor del proyecto. Los tipos y cantidad de ensayos, sus normas y laboratorios a considerar, así como la cantidad y equipos a ensayar serán determinados por el auditor del respectivo Proyecto, de acuerdo a lo señalado en el mismo y a la envergadura que posee. Los costos asociados a los ensayos y pruebas serán íntegramente de responsabilidad y cargo del adjudicatario.
    Este hito deberá cumplirse a más tardar 1.306 días corridos siguientes, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

e)  Hito Relevante N° 5: Entrada en operación del Proyecto. Corresponde a la finalización de la puesta en servicio de la correspondiente línea. Se comprobará mediante la inspección en terreno por parte del personal de la auditoría técnica a que hace referencia el numeral 11.2.1 de las Bases de Licitación, en donde compruebe la correcta puesta en servicio del respectivo Proyecto, de acuerdo a lo indicado por el Adjudicatario en la Oferta Técnica, lo señalado en el Plan de Expansión y en las Bases de Licitación y su proceso.
    Este hito deberá cumplirse a más tardar 1.781 días corridos para la Nueva Línea Cardones - Maitencillo 2 x 500 kV, a más tardar 1.805 días para la Nueva Línea Maitencillo - Pan de Azúcar 2 x 500 kV y a más tardar 1.826 días para la Nueva Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2 x 500 kV, todos los plazos desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

    2. Auditoría Técnica de los Proyectos.
    La DP del CDEC-SIC, mediante auditorías técnicas de la ejecución de los Proyectos, deberá supervisar el avance y cumplimiento de los hitos relevantes antes identificados, aprobar el cumplimiento de los mismos, e informará los eventuales incumplimientos de plazos y condiciones técnicas al Ministerio de Energía, para efecto de que se hagan efectivas las garantías correspondientes.
    La empresa adjudicataria deberá otorgar libre acceso al personal encargado de la auditoría técnica y de la DP del CDEC-SIC, a las instalaciones de los Proyectos y a los antecedentes que se requieran y consideren necesarios para el monitoreo, certificación y control del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente decreto y las solicitadas en las Bases de Licitación y su proceso.

    3. Obligación de constitución en Sociedad Anónima Abierta de giro exclusivo de Transmisión.
    De conformidad a lo establecido en el punto 3.2.1 del artículo segundo del decreto exento N° 115, de 2 de mayo de 2011, del Ministerio de Energía, y a la resolución exenta N° 587, que modifica texto de las Bases Licitación de las Obras Nuevas aprobadas mediante resolución exenta N° 368, de 2012, contempladas en el decreto exento N° 115, de 2011, y declaradas desiertas por la Dirección de Peajes del CDEC-SIC y fija su texto refundido, la Empresa Adjudicataria se obliga a constituirse en Chile como una sociedad anónima abierta de giro exclusivo de transmisión dentro de los 30 días siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. El incumplimiento de lo dispuesto en este numeral, dará lugar al cobro de la Boleta de Garantía señalada en el numeral 8.2.8 de las Bases de Licitación y a la anulación inmediata de la adjudicación, ante lo cual la DP actuará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 10.5.2 de dichas Bases de Licitación.
















NOTA
      El Decreto 74 Exento, Energía, publicado 21.03.2018, modifica la presente norma en el sentido de aclarar que la entrada en operación del Proyecto, que el referido Hito Relevante Nº 5 de todas las obras deberá cumplirse dentro de los 60 meses siguientes, contados desde la publicación de la presente norma en el Diario Oficial.
NOTA 1
      El numeral 1° del Decreto 19, Energía, publicado el 06.08.2019, declara la fuerza mayor y modifica la presente norma en el sentido de indicar que sólo para el caso de la obra "Nueva Línea Maitencillo - Pan de Azúcar 2 x 500 kV", dicho hito deba cumplirse, a más tardar, en 1910 días corridos contados desde la publicación de la presente norma en el Diario Oficial.
NOTA 2
      El artículo primero del Decreto 3, Energía, publicado el 26.06.2020, modifica la presente norma en el sentido que sólo para el caso de la obra "Nueva Línea Pan de Azúcar – Polpaico 2 x 500 kV", dicho hito debe cumplirse, a más tardar, en 1931 días corridos contados desde la publicación de la presente norma en el Diario Oficial.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Bunster Betteley, Ministro de Energía.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Hernán Moya Bruzzone, Jefe División Jurídica Subsecretaría de Energía.