DECLARA MONUMENTOS HISTORICOS LAS ESPECIES E INMUEBLES QUE INDICA
Santiago, 24 de Octubre de 1972.- Hoy se decretó lo siguiente:
Núm. 2.017.- Visto lo dispuesto en el artículo 6 de la ley N° 17.288, de 27 de Enero de 1970, y los oficios N°s 142, 149, 163, 164 y 165, de 25 de Febrero, 20 de Marzo y 1° de Junio de 1972, del Consejo de Monumentos Nacionales,
Decreto:
Decláranse Monumentos Históricos las siguientes especies e inmuebles:
La Ponchera que fue obsequiada por el Zar Alejandro III de Rusia al almirante señor Juan Esteban López Lermanda, por constituir una pieza de calidad artística y de gran valor histórico y haber sido obsequiada en reconocimiento de un acto oficial de la Armada Nacional. Esta pieza es de propiedad de la Sucesión del almirante señor Luis López Salamanca.
El Fuerte de San Diego de Tucapel, ubicado en el pueblo de Tucapel, departamento de Yungay, provincia de Ñuble.
El Parque de la Viña Santa Rita, en Alto Jahuel, incluyendo la casa principal, la casa que fue de doña Paula Jaraquemada, la capilla y las bodegas, con una superficie aproximada de 40 Hás. y con los siguientes deslindes: Norte, camino de acceso al fundo Viña Santa Rita; Sur, el mismo camino desde Alto Jahuel; Este, prolongación del mismo camino, y Oeste, canal Huidobro.
El reloj, con su torre, ubicado en la Estación Barón de los Ferrocarriles del Estado, provincia de Valparaíso, por tratarse de una pieza de la segunda mitad del siglo XIX.
El edificio de la antigua Aduana de Antofagasta, ubicado en AveniDecreto 1211,
EDUCACIÓN
Art. ÚNICO
D.O. 20.01.1977da Balmaceda esquina Simón Bolívar, en un espacio de 30 metros de frente y contrafrente, y 41,50 metros de fondo, con una superficie de 1.245 metros cuadrados.
EDUCACIÓN
Art. ÚNICO
D.O. 20.01.1977da Balmaceda esquina Simón Bolívar, en un espacio de 30 metros de frente y contrafrente, y 41,50 metros de fondo, con una superficie de 1.245 metros cuadrados.
NOTA
El artículo 1° del Decreto 5, Culturas, publicado el 03.04.2020, aclara parcialmente la presente norma, el cual declaró Monumento Nacional, bajo la categoría de Monumento Histórico, el Parque de la Viña Santa Rita, ubicado en Alto Jahuel, comuna de Buin, Región Metropolitana de Santiago, en el sentido de graficar un área de protección, según plano de límites oficial (Nº21-2018), el cual se adjunta, aclarando así un área protegida de 391.223 m2, en los términos que la citada norma indica.
El artículo 1° del Decreto 5, Culturas, publicado el 03.04.2020, aclara parcialmente la presente norma, el cual declaró Monumento Nacional, bajo la categoría de Monumento Histórico, el Parque de la Viña Santa Rita, ubicado en Alto Jahuel, comuna de Buin, Región Metropolitana de Santiago, en el sentido de graficar un área de protección, según plano de límites oficial (Nº21-2018), el cual se adjunta, aclarando así un área protegida de 391.223 m2, en los términos que la citada norma indica.
Anótese, comuníquese, tómese razón, regístrese en el Departamento de Bienes Nacionales y publíquese.- S. ALLENDE G.- Aníbal Palma Fourcade, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Waldo Suárez Zambont, Subsecretario de Educación Pública.