Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo (G) Nº 80, de 1991, que creó la Comisión Asesora del Ministro de Defensa Nacional para la exportación de material de uso bélico:

1.  Sustitúyese el artículo 2º, por el siguiente:
    "Artículo 2º.- La Comisión estará integrada por:

    a.  El Subsecretario de Defensa, que la presidirá.
    b.  El Subsecretario para las Fuerzas Armadas.
    c.  El Subsecretario de Relaciones Exteriores.
    d.  El Subjefe del Estado Mayor Conjunto.
    e.  El Director General de Movilización Nacional.

      Se desempeñará como Secretario de la Comisión, un funcionario militar o civil que designe el Subsecretario de Defensa.".

    2.  Sustitúyese el artículo 4º, por el siguiente:
    "Artículo 4º.- En caso de ausencia o impedimento temporal del Subsecretario de Defensa en su calidad de Presidente de la Comisión, que lo imposibilite para cumplir con las obligaciones de su cargo, será subrogado de conformidad al siguiente orden de precedencia:

    -  Subsecretario para las Fuerzas Armadas.
    -  Subjefe del Estado Mayor Conjunto".