DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL "TEATRO CARIOLA", UBICADO EN LA COMUNA DE SANTIAGO, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Núm. 548.- Santiago, 17 de diciembre de 2012.- Considerando:
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió en noviembre de 2010, la solicitud del señor José Luis Gómez San Martín, presidente de la Sociedad de Autores Teatrales de Chile (SATCH), para declarar como monumento nacional en la categoría de monumento histórico al "Teatro Cariola", ubicado en la calle San Diego N° 246 de la comuna de Santiago, provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago;
Que, el citado inmueble fue construido entre los años 1949 y 1954, siendo el resultado del esfuerzo de los propios autores teatrales, por contar con dos espacios para la representación de las artes dramáticas chilenas, en las que se estrenaron obras de destacados dramaturgos chilenos contemporáneos;
Que, el inmueble es un edificio de cinco pisos que alberga dos salas de teatro: Una ubicada en el primer nivel con 1.170 butacas, denominada Carlos Cariola, y una segunda, ubicada en un subterráneo, con 145 localidades, denominada Sala Alejandro Flores. Además cuenta con un salón de reuniones, 16 camarines en el subterráneo y un Centro de Documentación;
Que, por sus escenarios desfilaron destacados artistas nacionales y extranjeros, interpretando obras que enriquecieron la historia e identidad artística del país;
Que, en consecuencia el inmueble posee una especial singularidad en relación a los teatros que se construyeron en la mitad del siglo XX, debido a que representa una tipología de teatro para espectáculos de gran escala -que se refleja en un foso de orquesta, camarines de amplias dimensiones, junto a la sala de teatro menor en el subterráneo-, construido en un momento de auge de los teatros de cámara o teatros de bolsillo, de menor tamaño y capacidad;
Que la declaratoria de este monumento histórico, ha sido apoyada también por la Intendencia Regional, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA), el Sindicato de Actores de Chile (Sidarte), la Facultad de Artes de la Universidad de Chile y la Facultad de Artes de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley N° 17.288; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio Ord. N° 07/1.492 de 31/10/2012 de la División Jurídica del Ministerio de Educación; los oficios Ord. N° 4.367 de 18/10/2012 y Ord. N° 4.895 de 27/11/2012 ambos del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; las Actas de sesión ordinarias de 8 de agosto de 2012 (punto 37) y de 10 de octubre de 2012 (punto 345), ambas del Consejo de Monumentos Nacionales; carta del señor José Luis Gómez San Martín, Presidente de la SATCH, de octubre de 2010; carta de apoyo del señor Fernando Echeverría Vial, Intendente de Santiago de noviembre de 2010; carta de la señora María de la Luz Hurtado, Directora del Programa de Investigación y Archivos de la Escena Teatral de la Escuela de Teatro, de fecha 01/08/2012 y carta del señor decano Ramón López Cauly, de fecha 02/08/2012, ambas presentaciones provenientes de la Facultad de Artes de la Pontificia Universidad Católica de Chile; carta de apoyo del señor Alejandro Castillo Tirado, Presidente de Sidarte, de fecha 02/08/2012; carta de apoyo del señor Luciano Cruz-Coke Carvallo, Ministro Presidente del CNCA, de fecha 02/08/2012; carta de apoyo de la señora Clara Luz Cárdenas Squella, Decana de la Facultad de Artes de la Universidad de Chile, de fecha 07/08/2012 y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República,
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico al "Teatro Cariola", ubicado en la calle San Diego N° 246, de la comuna de Santiago, provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
El área protegida tiene una superficie aproximada de 1.328,99 m², como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Harald Beyer Burgos, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.