AUTORIZA PUESTA EN MARCHA DE EXAMEN TEÓRICO INFORMATIZADO PARA POSTULANTES A LICENCIAS DE CONDUCTOR EN MUNICIPALIDAD DE COMBARBALÁ

    Núm. 26 exenta.- La Serena, 15 de enero de 2013.- Visto: Lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290, de Tránsito; el decreto supremo Nº 97/84, que establece el Reglamento para obtener autorización para otorgar licencias de conductor, y el decreto supremo Nº 170/85, que establece el Reglamento para el Otorgamiento de licencias de conductor, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, y sus posteriores modificaciones.

    Considerando:

    Que esta Secretaría Regional Ministerial ha constatado que el Gabinete Técnico de la Municipalidad de Combarbalá ha implementado satisfactoriamente el proceso para la toma del examen teórico informatizado de conducción para los postulantes a licencia de conductor y su correcto funcionamiento conforme al decreto supremo 170/1985 y sus modificaciones,
    Que corresponde en consecuencia a esta Secretaría Regional Ministerial autorizar la puesta en marcha del examen teórico informatizado.

    Resuelvo:

    Artículo 1º.- Autorízase la puesta en marcha del examen teórico informatizado para postulantes a licencias de conductor implementado en el Gabinete Técnico de la Municipalidad de Combarbalá.
    La Municipalidad de Combarbalá deberá aplicar el examen teórico informatizado a los postulantes a licencia que corresponda. En caso contrario se suspenderá la autorización para otorgar licencias de acuerdo al articulo 9º de la Ley de Tránsito.
    Dentro de los cinco primeros días de los meses de enero y julio de cada año, el municipio deberá proporcionar a la Subsecretaría de Transportes, por medios electrónicos, información estadística sobre la cantidad de exámenes teóricos informatizados rendidos y anulados durante el semestre inmediatamente anterior, diferenciados por clase de licencia.

    Artículo 2º.- La presente resolución entrará a regir al tercer día hábil a contar de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Luis Alberto Stuven Hurtado, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Coquimbo.