APRUEBA INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO, ELABORADO POR EL DEPARTAMENTO DE SALUD OCUPACIONAL

    Núm. 218 exenta.- Santiago, 25 de enero de 2013.- Vistos estos antecedentes: La providencia Núm. 18, de 3 de enero de 2013, de la Dirección de este Instituto; el memorándum Núm. 637, de 28 de diciembre de 2012, del Departamento Salud Ocupacional; el "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo", elaborado por el Departamento Salud Ocupacional; y

    Considerando:

    Primero: Que, durante el año 2009, el Departamento de Salud Ocupacional del Instituto de Salud Pública de Chile, organizó y coordinó un trabajo con un Comité de Expertos en Riesgo Psicosocial Laboral, el resultado del trabajo realizado fue la validación de contenido de un instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo.
    Primero: Que, en esa oportunidad, se generó un marco teórico a partir de la definición de riesgo psicosocial, identificando las dimensiones más críticas y relevantes de la organización del trabajo y de las relaciones laborales que han demostrado tener un impacto negativo o positivo sobre la salud física o mental de trabajadores y trabajadoras.
    Tercero: Que este instrumento tiene como objetivo evaluar las medidas de prevención de riesgos psicosociales en el trabajo, detectando las principales dimensiones de riesgo y entregando, a su vez, sugerencias para la intervención.
    Cuarto: Que el "Instrumento de Evaluación de Medidas para la Prevención de Riesgos Psicosociales en el Trabajo" está diseñado para ser utilizado en empresas y para ser aplicado por una amplia gama de profesionales del ámbito de la salud ocupacional, entre los que destacan los expertos en prevención de riesgos de las empresas, los profesionales del ámbito de la salud mental, ya sea de organismos públicos o privados, que trabajan en la prevención de los riesgos en el trabajo, y
    Teniendo presente: lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Núm. 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en los artículos 60 y 61 letra a) del decreto con fuerza de ley Núm. 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Núm. 2.763, de 1979, y de las leyes Núm. 18.933 y Núm. 18.469; en el artículo 10 letra a) del decreto supremo Núm. 1.222, de 1996, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba el Reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; en el artículo 117, del decreto supremo Núm. 594, de 15 de septiembre de 1999, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Núm. 122, de 28 de diciembre de 2010, del Ministerio de Salud; así como lo establecido en la resolución Núm. 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente

    Resolución:

    Uno. Apruébase el siguiente "Instrumento de Evaluación de Medidas para la Prevención de Riesgos Psicosociales en el Trabajo", elaborado por el Departamento Salud Ocupacional del Instituto de Salud Pública de Chile:

    "1.- MARCO TEÓRICO.
    1.1.- Riesgo Psicosocial en el Trabajo
    Se define como Riesgo Psicosocial en el Trabajo a las características de la organización del trabajo, de las relaciones laborales y de la cultura del trabajo, que pueden afectar el bienestar de trabajadores y trabajadoras, por lo tanto, los factores psicosociales del trabajo están presentes en todos los lugares de trabajo, en tanto existen una organización del trabajo y una relación laboral, con su propia cultura del trabajo.
    Las maneras que adopta la relación laboral y que se organiza el trabajo, pueden favorecer la salud de las personas o ser un factor de riesgo.
    Los riesgos son los factores; los efectos de dichos riesgos se pueden observar en el plano de la salud mental, salud cardiovascular, sistema músculo esquelético, conductas preventivas, resultados productivos.
    Ampliando en el concepto, el Riesgo Psicosocial alude a un conjunto de condiciones relacionadas con la organización y contenido de las tareas, con los procedimientos y métodos de trabajo, así como las relaciones entre los trabajadores y sus superiores, cuya exposición prolongada en el tiempo aumenta la posibilidad de experimentar tensión psíquica, en desmedro del rendimiento y la productividad, lo que una vez acumulada residualmente, será un precursor de los trastornos o problemas de salud.
    Entre los factores específicos que reportan estrés en el trabajo, se incluyen: la falta de control sobre el trabajo (autonomía, participación, uso y desarrollo de habilidades), la carga de trabajo (cantidad, complejidad, las presiones de tiempo), las disfunciones de rol (conflicto, la ambigüedad), las relaciones con los demás (el acoso, el apoyo social, el reconocimiento), las perspectivas de carrera (promoción, la precariedad, la degradación), el clima o la cultura (de comunicación, la estructura jerárquica, la equidad) y la interacción de conciliación trabajo - vida.
    Para la medición del riesgo psicosocial se ha usado generalmente un enfoque basado en la percepción de los propios trabajadores y trabajadoras, mediante el uso de encuestas individuales, entrevistas en profundidad y entrevistas colectivas o focos Group. El uso de instrumentos de observación externa tiene menos desarrollo, por lo cual se propuso elaborar un instrumento que permita evaluar las medidas de gestión fundamentales en el marco de la prevención del riesgo psicosocial en las empresas, y que puedan ser objetivadas a través de un medio de verificación de la presencia o ausencia de cada condición señalada y corroborado por la empresa y trabajadores.
    El instrumento que se presenta está basado en un instrumento de evaluación externa, desarrollado en el Instituto Nacional de Salud Pública de Québec, Canadá, denominado Matriz de Identificación de Riesgos Psicosociales en el Trabajo, que fue adaptado a Chile por el Instituto de Salud Pública de Chile, en conjunto con un Comité de Expertos en Riesgo Psicosocial Laboral.

    2.- OBJETIVOS.
a)  Evaluar las medidas adoptadas o la gestión por las empresas, en el
    ámbito de los factores de riesgos psicosociales en el trabajo.
b)  Establecer las brechas existentes en cuanto a la gestión de los
    riegos psicosociales en el trabajo, que se logra establecer entre
    recursos aportados por el instrumento y el resultado de la
    evaluación.
c)  Orientar y apoyar a los usuarios de este instrumento, en cuanto a las
    medidas de gestión que se pueden implementar en las empresas.

    3.- ALCANCE, POBLACIÓN OBJETIVO Y USUARIOS.

.    Contribuir a evaluar y detectar las medidas adoptadas o la gestión
    por parte de las empresas en el ámbito de los factores de riesgos
    psicosociales en el trabajo, y establecer las brechas con respecto al
    instrumento y, a la vez, apoyar a las empresas en cuanto a las
    recomendaciones para la intervención.
.    El "Instrumento de Evaluación de Medidas para la Prevención de
    Riesgos Psicosociales en el Trabajo" está diseñado para ser utilizado
    en empresas con más de 25 trabajadores, con fines de evaluación,
    prevención e investigación. Eventualmente, también puede ser usado en
    organizaciones con menos de 25 trabajadores, para fines preventivos y
    prácticos, en cuanto a la implementación de medidas.
.    El instrumento está diseñado para ser aplicado por profesionales del
    ámbito de la prevención de riesgos, de la salud mental y riesgo
    psicosocial y otros involucrados en la gestión de los riesgos en
    salud ocupacional, y de accidentes del trabajo y enfermedades
    profesionales, de las empresas o instituciones, ya sean públicas o
    privadas.

    4.- CARACTERÍSTICAS DEL INSTRUMENTO.
    Basados en marcos teóricos trabajados durante la primera etapa de validación y en un análisis cuidadoso por parte del panel de expertos, se llegó a la propuesta de un instrumento que permite evaluar las medidas de gestión crítica en el marco de la prevención del riesgo psicosocial en las empresas.
    El "Instrumento de Evaluación de Medidas para la Prevención de Riesgos Psicosociales en el Trabajo" está diseñado para ser utilizado en las empresas con más de 25 trabajadores, con fines de evaluación, prevención e investigación. Eventualmente, también puede ser usado en organizaciones con menos de 25 trabajadores, especialmente para fines preventivos y uso práctico. Su uso requiere conocimiento y capacitación en alguna de las siguientes áreas: prevención de riesgos, salud mental o riesgos psicosociales (por parte de quienes lo aplican).
    El instrumento está dividido en 16 dimensiones; cada una se corresponde a un factor de riesgo psicosocial. Cada una de las 16 dimensiones posee entre 5 y 16 preguntas, que determinan la característica de la gestión realizada o no, para controlar el factor de riesgo psicosocial. El total de preguntas del instrumento es de 169 (Anexo 3).
    Además, el instrumento consta de dos partes, una de antecedentes generales, donde se anotan los datos de la persona entrevistada, como el nombre y lugar de trabajo; además, se agrega la fecha de la entrevista (Anexos 1 y 2).
    Las definiciones de las dimensiones se encuentran detalladas en el anexo 4 de esta Guía.
    A continuación se muestra una tabla con las dimensiones del instrumento y el número de preguntas de cada dimensión.

    Tabla Nº 1.

   

    5.- MODO DE APLICACIÓN DEL INSTRUMENTO.
    5.1. Generalidades.
    Se aconseja la aplicación de todas las preguntas; sin embargo, en algún caso podría no aplicar alguna pregunta, por lo tanto, previa decisión del encuestador y del equipo de trabajo, puede suprimirse alguna de ellas. Cuando se suprima una pregunta, es necesario consignarlo para efectos de registro y considerarla en aplicaciones futuras del cuestionario.
    5.1.1. Participación de la empresa.
    La aplicación del instrumento debe considerar como primer paso un acuerdo entre los trabajadores y la empresa, institución o complejo laboral en estudio. Lo anterior supone un proceso de información previo sobre las características del instrumento y de sus objetivos.
    Recuerde que cada trabajador o estamento de trabajo tiene sus propios temores y motivaciones al enfrentar una entrevista y contestar el instrumento.
    El proceso de información y respuesta a las dudas será responsabilidad del comité de trabajo creado para tal efecto, con la asesoría que sea necesaria.
    5.1.2. Comité para la aplicación del instrumento.
    Se recomienda la formación de un comité responsable de llevar a cabo todas las actividades relacionadas con la aplicación del instrumento.
    El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es, en Chile, la unidad básica de la prevención, por lo que estimamos indispensable la inclusión de alguno de sus miembros en este comité o, incluso, del Comité en su totalidad con otros trabajadores y/o representantes de la empresa. La empresa o institución debe participar a través de alguna unidad especializada, como el Departamento o Unidad en Prevención de Riesgos, el experto en prevención asesor de la empresa, o el Departamento de Personal, o bien, mediante alguna otra representación. La presencia y participación de directivos o de representantes de la empresa hace que el proceso sea legitimado. Los trabajadores pueden quedar representados a través de la organización que les sea propia, por ejemplo, sindicato o asociación de funcionarios.

Recuerde que lo importante es detectar las gestiones que se han realizado, con respecto a los riesgos psicosociales; esto permite gestionar de mejor manera estos riesgos en las empresas.
Contar con esta información y gestionar a partir de esta, beneficia las relaciones laborales entre empresa y trabajadores, mejorando la calidad de vida laboral y la productividad.

    Las funciones básicas del comité responsable serán:

.    Elaborar y planificar el cronograma y modalidad de la aplicación del
    instrumento.
.    Difundir la actividad y sensibilizar a todos los involucrados, en
    especial, con respecto a la participación de los trabajadores/as.
.    Definir al encargado de recoger y tabular los datos.
.    Definir la forma y material del cuestionario, y cómo se garantizará
    el anonimato.
.    Definir a los asesores o expertos para el análisis de los resultados.
.    Difundir a quien corresponda los resultados (considerando el
    anonimato).
.    Proponer posibles intervenciones preventivas y solución de problemas.
.    Hacer seguimiento y verificar la implementación de las medidas
    acordadas.
.    Proponer una nueva evaluación con el instrumento.

    Una vez aplicado el instrumento, y dentro de la etapa de trabajo para generar soluciones, asesores o expertos pueden ayudar a generar las recomendaciones e intervenciones más complejas, así como a implementarlas.

    5.2.- Aspectos Claves.
    El instrumento puede ser aplicado por un profesional del ámbito de la prevención de riesgos, del área de la salud mental o de riesgos psicosociales, involucrado en la gestión de riesgos en salud ocupacional o de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la propia organización o bien externo a ella.
    La aplicación se debe realizar a un número suficiente de involucrados de la organización, que permita tener claridad en cuanto a la gestión del riesgo en la organización. Se recomienda aplicar el instrumento a un mínimo de 4 personas y, para el caso de empresas de más de 100 trabajadores, un mínimo de 6.
    Por ejemplo, se recomienda aplicar el instrumento según el siguiente ordenamiento, hasta completar 4 o 6:

a)  A lo menos un representante de la empresa del área administrativa
    (dueño, representante o a quien designe la empresa).
b)  A lo menos un representante de la empresa a nivel de prevención de
    riesgos (encargado del departamento de prevención de riesgos, asesor
    en prevención de riesgos de la empresa).
c)  A lo menos un representante del comité paritario por parte de los
    trabajadores/as.
d)  Un representante de los trabajadores (del sindicato o gremio más
    importante constituido formalmente en la organización).
e)  Un/a trabajador/a clave o líder natural al interior de la empresa.
f)  Un/a trabajador/a elegido mediante un mecanismo de azar por el
    entrevistador.
g)  Un/a trabajador/a voluntario/a que desee participar.

    Previamente a la aplicación, debe entregarse al entrevistado/a un consentimiento informado, mencionando que la participación es voluntaria y no está sujeta a presiones de ningún tipo, y además de dejar claramente explícito que los datos serán confidenciales, por lo cual las respuestas individuales sólo serán conocidas por el aplicador del instrumento y el equipo coordinador del instrumento, constituido en la organización.

    5.3. Proceso de aplicación.
.    Primer paso: Se deberá contactar a los posibles encuestados/as.
.    Segundo paso: Hacer una reunión en forma individual con la persona a
    la cual se le aplicará el instrumento, explicándole en qué consiste
    y, además, entregarle la carta de consentimiento informado y de
    confidencialidad de los datos, la cual debe ser firmada, tanto por
    el/la entrevistado/a como por el/la entrevistador/a.
.    Tercer paso: Aplicación del Instrumento. Se recomienda que el lugar
    donde se realice la entrevista y se conteste el instrumento sea
    cómodo y, de ser posible, en las mismas dependencias del trabajo
    permanente del/la trabajador/a o cercano a ellas.

    5.4. Forma de llenado del instrumento.
    El responsable podrá modificar los espacios originales de la matriz del instrumento a aplicar para facilitar la anotación; esto implica, en general, ampliar el espacio de la columna "medios de verificación". Las anotaciones son de 3 características:

a)  La columna de opción Sí.
b)  La columna de opción No.
c)  La columna de Medios de verificación debe ser llenada, ya sea si la
    información se ha verificado en forma verbal o mediante un medio
    escrito explícito. El medio de verificación debe ser descrito y
    anotar el de mayor fuerza en cuanto a la evidencia (por ejemplo: un
    documento escrito y formal).

    En general, los trabajadores que no son representantes de la empresa pueden tener dificultades para acceder a medios de verificación, en ese caso se deberá señalar que el medio de verificación es verbal.
    Considere la posibilidad de cambiar algunos conceptos al aplicar este instrumento en instituciones públicas, por otros que resulten más fáciles de interpretar, como por ejemplo el de "empresa" por "institución" o el de "sindicato" por "gremio", pudiéndose presentar algunas otras situaciones especiales que el aplicador y el comité responsable deberán resolver.

    5.5. Definición de la unidad de análisis.
    La unidad de análisis será la Empresa u Organización. Sin embargo, en algunos casos se puede considerar la aplicación del instrumento en forma descentralizada, lo cual significa que en aquellas empresas que cuenten con más de una faena, se pueda aplicar el instrumento en cada una o algunas de ellas.
    Por ejemplo, en empresas u organizaciones que tengan menos de 50 trabajadores, se recomienda hacer un solo estudio, facilitando de esta manera el anonimato y confidencialidad de los datos, independiente del número de faenas.

    5.6. Sobre los responsables del análisis y almacenamiento de los datos.
    Los responsables del análisis de los datos puede ser el mismo comité creado o bien los expertos o responsables designados por este comité, ya sea de mutualidades de empleadores, expertos de la empresa u otros profesionales, ya sea internos o externos a la organización. Se recomienda mantener los datos por un tiempo determinado, para contrastar los resultados con una nueva aplicación del instrumento en el futuro.

Se recomienda hacer el análisis de los resultados mediante la participación de un equipo interdisciplinario, el cual idealmente debe estar integrado por un profesional de la salud mental (psicólogo) con experiencia laboral, y un experto en prevención de riesgos; sin perjuicio que pueda ser analizado en forma concreta por los mismos empleadores y trabajadores de la empresa.

    6.- BIBLIOGRAFÍA.

1.  Danish Working Environment Authority. Guidance tool for office and
    administration (sf).
2.  Houtman I, Jettinghoff K, Cedillo L. Raising Awareness of Stress at
    Work in Developing Countries. WHO Protecting Workers' Health Series
    Nº 6, 2007.
3.  Leka S, Cox T (ed). The European Framework for Psychosocial Risk
    Management: PRIMA-EF. PRIMA-EF Consortium, UK, 2008.
4.  Messing K, Stellman J. Sex, Gender and Women's Occupational Health:
    the importance of considering mechanism. Environmental Research,
    2006, 101(2): 149 -182.
5.  Parra M. Catálogo bibliográfico de investigaciones publicadas sobre
    estrategias de intervención en salud mental y trabajo. CEM - Proyecto
    Araucaria, 2008.
6.  Polit D, Hungler B. Investigación científica en ciencias de la salud.
    McGraw Hill - Interamericana, México, 2000.
7.  Proyecto Araucaria. Instrumento de Caracterización Preliminar de un
    lugar de trabajo desde la perspectiva de la salud psicológica en el
    trabajo. Proyecto Araucaria, con la colaboración de Ucymat, Dirección
    del Trabajo y Cinbiose, Montreal, Canadá (sf).
8.  Streiner D, Norman G. Health Measurement Scales. A practical guide to
    their development and use (2nd ed). Oxford University Press, UK,
    1995.
9.  Superintendencia de Seguridad Social. Suseso - ISTAS 21. Cuestionario
    de evaluación de riesgos psicosociales en el trabajo. Manual de Uso.
    Superintendencia de Seguridad Social, Chile, 2009.
10.  Vézina M, Chénard C. Grille d'identification des risques
    psychosociaux au travail. Institut National de Santé Publique du
    Québec, Canadá, 2009.

    Dos. Apruébase el Anexo Núm. 1 del "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo" denominado "Ficha de datos de la empresa", cuyo tenor es el siguiente:

   


    Tres. Apruébase el Anexo Núm. 2 del "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo" denominado "Ficha datos encuestador y encuestados", cuyo tenor es el siguiente:

    .


    Cuatro. Apruébase el Anexo Núm. 3 del "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo" denominado "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo", cuyo tenor es el siguiente:

   
      .
      .
      .
      .
      .
      .

    Cinco. Apruébase el Anexo Núm. 4 del "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo" denominado "Definiciones de las dimensiones del Instrumento", cuyo tenor es el siguiente:

    Anexo Nº 4: Definiciones de las dimensiones del instrumento.

    .
    .

    Seis. Déjese sin efecto la resolución exenta Núm. 65, de 15 de enero de 2013, que aprueba "Instrumento de evaluación de medidas para la prevención de riesgos psicolaborales en el trabajo", de este Instituto.

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web institucional.- María Teresa Valenzuela Bravo, Directora.