Artículo 8°.- Sin perjuicio de que se cumpla en el formulario con la mención al capital según la especie de persona jurídica de que se trate, cuando se requiera de formalidades o solemnidades especiales para enterar el aporte, según el tipo de bien, deberá efectuarse coLey 21366
Art. ÚNICO N° 3)
D.O. 25.08.2021
nforme a ellas.