Artículo 10.- La suscripción de los formularios por todos los socios, Ley 21366
Art. ÚNICO N° 5)
D.O. 25.08.2021
accionistas o sus representantes y apoderados, según corresponda, deberá efectuarse dentro del plazo de sesenta días contado desde la firma por el primero de ellos. En caso contrario, se tendrán por no suscritos para todos los efectos.
    El Reglamento dispondrá la manera de identificar el formulario de que se trate, una vez que el constituyente, socios o accionistas hubieren comenzado a completar sus campos. Con la suscripción del primero de los socios o accionistas, dicho formulario no podrá modificarse posteriormente. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el Título V de esta ley.