MODIFICA DECRETO Nº 6, DE 2009, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE SALUD

    Núm. 24.- Santiago, 12 de junio de 2012.- Visto: Lo solicitado por memo B32/335 de 16 de abril de 2012 de la Jefa de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción; lo dispuesto en el Código Sanitario aprobado por el decreto con fuerza de ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto Nº 6, de 2009, del Ministerio de Salud que aprueba el Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República, y
   
    Considerando: La necesidad de efectuar modificaciones al Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud, aprobado por el decreto supremo Nº 6, de 2009, dicto el siguiente:

    Decreto:

    Artículo 1º. Modifícase el decreto supremo Nº 6, de 2009, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud, en la forma que indica:
    - Incorpórase al artículo 33, a continuación del punto final, lo siguiente:
    "No obstante las agujas se podrán eliminar en el punto de generación directamente en equipos que la destruyan mediante pulverización o fundición.".


    Artículo 2º. El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto afecto Nº 24 / 2012.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Díaz Anaiz, Subsecretario de Salud Pública.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División Jurídica

Cursa con alcance decreto Nº 24, de 2012, del Ministerio de Salud

    Nº 4.003.- Santiago, 18 de enero de 2013.
    La Contraloría General ha dado curso al decreto Nº 24, de 2012, del Ministerio de Salud, que modifica el decreto Nº 6, de 2009, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba el reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con señalar que ese servicio, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, conforme a la jurisprudencia administrativa de este organismo de control, contenida en los dictámenes Nos 1.921 y 78.786, ambos de 2012, entre otros.
    Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.

Al señor
Ministro de Salud
Presente.