RECTIFICACIÓN
En la edición del Diario Oficial Nº 40.407, de 12 de noviembre de 2012, se publicó decreto Nº 172, que "APRUEBA REGLAMENTO QUE FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE ZONAS DE INTERÉS TURÍSTICO", con los errores de publicación que se salvan a continuación: a) I Cuerpo, página 2, segunda columna, en Artículo 5:, donde dice "La Subsecretaría elaborará formularios para estos efectos, los que estarán a disposición de los interesados en su sitio." debe decir "La Subsecretaría elaborará formularios para estos efectos, los que estarán a disposición de los interesados en su sitio web."; b) I Cuerpo, página 4, segunda columna, donde dice "Artículo 31: Déjense sin efecto los artículos 3 Nºs 22, 25, 26, 27, 28 y 29 del decreto Nº 515, de 1977, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción." debe decir "Artículo 31: Déjense sin efecto los artículos 3 Nº 22; 25; 26; 27; 28; y 29 del decreto Nº 515, de 1977, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.".