Décimo séptimo: Deléganse en el Jefe del Departamento de Finanzas, las siguientes facultades:
1.  Remitir al Banco del Estado los antecedentes necesarios para el pago automático y oportuno de las remuneraciones.
2.  Remitir a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Hacienda, la información financiero contable referida a los requisitos del Programa de Mejoramiento de Gestión (PMG), del Sistema Administración Financiero Contable y otros requeridos por estos organismos.
3.  Firmar documentos bancarios (cheques) y transferencias electrónicas por giros de las cuentas corrientes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5.  Visar, suscribir o autorizar las planillas o formularios de las AFP, Isapres, INP, Compañías de Seguros y Tesorería General de la República.
6.  Requerir del Servicio de Impuestos Internos (SII) el timbraje de documentos mercantiles, la suscripción de planillas y formularios y, en particular, el Nº 29, sobre declaraciones y pago simultáneo mensual y las declaraciones y ajustes impositivos.
7.  Otorgar Resolución 1085 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 10
D.O. 07.06.2018
certificados de renta a solicitud de los funcionarios y personas contratadas a honorarios.
8.  Eliminado.
9.  Visar, suscribir o autorizar las planillas por concepto de viáticos.
10.  Cobrar boletas de garantías, vales vista y/o certificados de fianzas, entre otros, extendidos a nombre de la Subsecretaría para garantizar los procesos de adquisiciones o de prestación de servicios contratados.