MODIFICA RESOLUCIÓN N° 272/1.000 EXENTA, DE 2012

    Núm. 272/202 exenta.- Santiago, 8 de febrero de 2013.- Visto: Lo dispuesto en la ley 19.032; el DFL Nº 1 (Ley Nº 19.032) del Ministerio Secretaría General de Gobierno, publicado el 12 de febrero de 1992, que Modifica Organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.557, que aprueba el presupuesto del Sector Público para el año 2012; las resoluciones exentas números 272/565 de 28 de mayo y 272/1.000 de 11 de septiembre, ambas de 2012, de este Ministerio; los memorándums números 196/53 y 196/231, ambos de 2012, y 192/2, de 9 de enero de 2013, todos de la Jefa de la Unidad de Planificación y Control de Gestión; los memorándums números 196/64 y 196/232, ambos de 2012, del Jefe de la Unidad Asesoría Jurídica del Ministerio Secretaría General de Gobierno; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    a.- Que, mediante la resolución exenta número 272/1.000, citada, se adjudicaron proyectos seleccionados de la Región Metropolitana y se ordenó transferir recursos del Concurso Público del "Fondo de Iniciativas Locales para Organizaciones Sociales, año 2012", también denominado Fondo de Fortalecimiento de Organizaciones y Asociaciones de Interés Público, "De Iniciativas Locales".

    b.- Que, las organizaciones adjudicadas "Club Deportivo El Bosque", RUT Nº 75.958.430-9 y "Club Deportivo Hermandad 47", RUT Nº 73.047.500-4, no dieron cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos en el punto 3 de las Bases Administrativas y Técnicas del Fondo de Iniciativas Locales para Organizaciones Sociales, año 2012, razón por la cual no pueden ser adjudicados ni transferidos los recursos correspondientes.

    Resuelvo:

    a) Modifíquese la resolución exenta Nº 272/1.000, citada, en el sentido siguiente:

    I. Elimínese de dicho acto administrativo a la organización adjudicada Nº 35, "Club Deportivo Hermandad 47", cuyo monto de adjudicación correspondía a $800.000 (ochocientos mil pesos), puesto que no dio cumplimiento a los requisitos dispuestos en las bases administrativas y técnicas que rigen el concurso y, consecuentemente con lo anterior, no se realizó la transferencia efectiva de los recursos adjudicados.

    II. Elimínase de dicho acto administrativo a la organización adjudicada Nº 39, "Club Deportivo El Bosque", cuyo monto de adjudicación correspondía a $1.300.000 (un millón trescientos mil pesos), puesto que no dio cumplimiento a los requisitos dispuestos en las bases administrativas y técnicas que rigen el concurso y, consecuentemente con lo anterior, no se realizó la transferencia efectiva de los recursos adjudicados.

    b) En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, déjase vigente la resolución exenta Nº 272/1.000, de 3 de octubre de 2012.


    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, regístrese y comuníquese.- Christian Schalper Schwencke, Subsecretario General de Gobierno (S).
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- María Eugenia de la Fuente N., Subsecretaria General de Gobierno.