1.- Promúlguese la Modificación al Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea conforme a lo siguiente:




 
    Artículo único. Modifícase el Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea aprobado mediante decreto alcaldicio Nº 1.295 de fecha 03.09.02, publicado en el Diario Oficial con fecha 05.09.02 y sus modificaciones posteriores, en el sentido de incorporar una nueva Zona L en la Ordenanza Local, según se justifica en la Memoria Explicativa de la presente Modificación, en lo siguiente:
    a.- Incorpórese el plano MPRC-LB-18, que grafica el límite de aplicación de la Zona L "Circunvalación Vial", que modifica el Plano PRC-LB-1 "Zonificación" del Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea y reemplaza el plano MPRC-LB-04. Incorpórese el plano MPRC-LB-18/A, que grafica la precisión de trazado de Vía Panorámica y Camino Los Militares (Las Hualtatas), que modifica el Plano PRC-LB-2/A "Vialidad".
    b.- Intercálese en el listado de zonas del artículo 54 de la Ordenanza del PRC, entre las Zonas K y M, la nueva Zona L "Circunvalación Vial".
    c.- Suprímase la Nota (N7) de las "Restricciones, Condiciones y Notas" del artículo 55 de la Ordenanza del PRC.
    d.- Suprímase en la Zona J "La Dehesa", del artículo 55 de la Ordenanza del PRC, los puntos: a.2.2) Equipamiento de Circunvalación, a.4) Actividades productivas, y a.5) Infraestructura, todos referidos a la Circunvalación Vial; pasando el numeral a.6) a ser denominado a.4).
    e.- Incorpórese entre las Zonas K y M del artículo 55 de la Ordenanza del PRC, la nueva Zona L "Circunvalación Vial", con sus condiciones de uso de suelo, subdivisión y edificación, cuyo texto es:

    Zona L "Circunvalación Vial"

    CONDICIONES DE USO DE SUELO

    a.) Usos permitidos y restringidos

    a.1) Residencial
    a.2) Equipamiento:

    El equipamiento permitido en la Circunvalación Vial será de las siguientes clases y actividades, según los tramos que a continuación se indican:

    i) Camino Los Trapenses, tramo Valle de la Unión – Av. Paseo Pie Andino:

   

    ii) Av. Paseo Pie Andino tramo Camino Los Trapenses – El Rodeo; El Rodeo tramo Paseo Pie Andino – J.A. Délano; José Alcalde Délano tramo El Rodeo – Camino Los Trapenses; y Camino Los Trapenses, tramo José Alcalde Délano – Valle La Unión:

   

    La Zona L "Circunvalación Vial" se encuentra graficada en el plano MPRC-LB-18.

    a.3) Áreas verdes
    a.4) Actividades productivas
    Se permiten las actividades productivas clasificadas como inofensivas por el Servicio de Salud correspondiente.
    a.5) Infraestructura
    Se permiten los terminales de locomoción colectiva urbana categoría B con hasta 30 vehículos usuarios y 4 estacionamientos.
    a.6) Espacio Público

    b.) Usos de Suelo Prohibidos

    Todos aquellos que no estén expresamente permitidos o que no cumplan con las exigencias establecidas para los usos restringidos. En forma explícita se prohíben las plantas de tratamiento de aguas servidas.

    CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN

    La superficie predial mínima establecida en el siguiente cuadro, es una norma urbanística aplicable solo a los procesos de urbanización del suelo, relativos a los casos en que se solicite la subdivisión, loteo o división afecta de un determinado predio.

   

    CONDICIONES DE EDIFICACIÓN

   

    Sub-zona L1 "Densificación Circunvalación Vial"

    Corresponde al subsector residencial exclusivo dentro de la Circunvalación Vial, graficado en el Plano MPRC-LB-18.

    CONDICIONES DE USO DE SUELO

    a.) Usos Permitidos

    a.1) Residencial

    CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN

   

    CONDICIONES DE EDIFICACIÓN

   

    b.) Usos de Suelo Prohibidos

    Todos aquellos que no estén expresamente permitidos o que no cumplan con las exigencias establecidas para los usos restringidos. En forma explícita se prohíbe el uso de suelo equipamiento.