Artículo 1º: Modifícanse las resoluciones administrativas exentas Nº 408, de 2010, y Nº 3.311, de 2012, en el siguiente sentido:

a)  Revócase la facultad establecida en el artículo segundo letra b) de la resolución administrativa exenta Nº 408, de 2010.

b)  Revócase la facultad establecida en el numeral 45 del artículo primero de la resolución administrativa exenta Nº 3.311, de 2012.