Artículo 33. El escrito de observación o reclamación, presentado en conformidad al artículo 18 de la Ley, deberá contener, al menos, lo siguiente:
a)  Identificación del reclamante o de la persona que actúa en su nombre, indicando nombre completo, Rol Único Tributario o cédula de identidad y teléfono.
b)  Domicilio donde se le debe notificar.
c)  Identificación del área objeto de la solicitud de concesión o licitación pública.
d)  Identificación del título jurídico que lo legitima activamente para observar o reclamar, de aquellos señalados en el artículo 18 de la Ley.
e)  Precisar las reclamaciones y fundamentos de hecho y/o de derecho de la presentación, con concreta mención de aquello que les cause perjuicio y la forma en que se les produce éste.
f)  Acompañar los documentos que fundamenten las observaciones o reclamaciones.
g)  Firma del reclamante o de su representante legal.