EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.766, DE 2012; Y MODIFICA REGLAMENTO DEL COMITÉ SISTEMA DE EMPRESAS – SEP

    Santiago, 28 de enero de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 11.- Visto:

    1. El Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, modificado por los Acuerdos de Consejo Nº 1.943, de 1998; Nº 2.074, de 2000; Nº 2.203, de 2002; Nº 2.252, de 2002; Nº 2.274, de 2003; Nº 2.366, de 2005; Nº 2.445, de 2007; Nº 2.549, de 2009; Nº 2.632, de 2010 y Nº 2.736, de 2012, que creó el Comité "Sistema Administrador de Empresas", actual Comité Sistema de Empresas - SEP.

    2. La resolución (A) Nº 381, de 2012, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que ejecutó el Acuerdo de Consejo Nº 2.736, de 2012, y aprobó el texto coordinado, actualizado y refundido de la resolución (A) Nº 86, de 2002, que reglamenta al Comité Sistema de Empresas - SEP.

    3. El Acuerdo de Consejo Nº 2.766, de 2012, que modifica Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, relativo al "Comité Sistema de Empresas - SEP".

    4. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la ley Nº 19.880, las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevan a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva de la entidad correspondiente.

    5. Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640; el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960; y el Reglamento General de la Corporación; así como lo previsto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1º. Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.766, de 2012, que modifica Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, relativo al "Comité Sistema de Empresas - SEP".
    2º. Modifícase la resolución (A) Nº 381, de 2012, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, en el siguiente sentido:

A.  Sustitúyase en el resuelvo tercero, artículo 8º.-, numeral 9), el párrafo: "Todas las operaciones del orden bancario deberán llevar para su validez la firma del Director Ejecutivo, siempre en conjunto con la de otro empleado del Comité que designe al efecto su Consejo Directivo", por "El Director Ejecutivo velará por sí o a través de un funcionario del Comité Sistema de Empresas – SEP, por la regularidad, veracidad, validez y correspondencia de las operaciones de orden bancario; asimismo, velará para que ellas lleven a lo menos la firma de dos o más trabajadores del Comité Sistema de Empresas - SEP, designados para tal efecto, por el Consejo de este Comité, mediante acuerdo".
B.  Sustitúyase en el resuelvo tercero, artículo 8º.-, numeral 13), el monto "310 Unidades de Fomento", por "450 Unidades de Fomento".
C.  Sustitúyase en el resuelvo tercero, artículo 8º.-, numeral 14), el monto "310 Unidades de Fomento", por "450 Unidades de Fomento".


    Anótese, tómese razón, transcríbase y publíquese en el Diario Oficial.- Hernán Cheyre Valenzuela, Vicepresidente Ejecutivo.- Marco Antonio Riveros Keller, Fiscal.- María José Gatica López, Secretario General.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- María José Gatica López, Secretario General.