Artículo único: Agrégase la "Casa de Moneda de Chile S.A." al listado de instituciones contempladas en el artículo 3 del decreto supremo del Ministerio de Hacienda N° 1.009, de 1978, y sus modificaciones, cuya última renovación -desde el 24 de diciembre de 2012 hasta el 23 de diciembre de 2013-, fue establecida mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda N° 1.526, de 28 de noviembre de 2012.