MODIFICA RESOLUCIÓN N° 335 EXENTA, DE 2011, QUE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE, CREANDO LA SECCIÓN SIAC Y TRANSPARENCIA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

    Núm. 771 exenta.- Santiago, 28 de marzo de 2013.- Vistos: Estos antecedentes; el memorándum núm. 009/2013, del 11 de enero de 2013, de la Jefa Subdepartamento Gestión de Clientes y Usuarios; el memorando núm. 70, del 5 de marzo de 2013, del Jefe (S) de Asesoría Jurídica; el memorándum A1/N°784, de 27 de noviembre de 2012, del Jefe (S) Asesoría Jurídica; el memorando núm. 58/2013, del 7 de marzo de 2013, de la Jefa Subdepartamento Gestión de Clientes, y

    Considerando:

    Primero: Que, por medio del memorándum núm. 58/2013, la Jefa del Subdepartamento Gestión de Clientes y Usuarios ha solicitado la creación de la Sección SIAC y Transparencia, dicha Unidad tendrá como objetivo el diseñar, coordinar, asesorar, apoyar y controlar el proceso de atención e información a las personas, de los distintos espacios de atención institucionales, velando por su correcto funcionamiento, acorde a la normativa vigente y a las directrices y políticas emanadas de nuestras autoridades. Además de asegurar el correcto cumplimiento e implementación de la ley 20.285 y asegurar el correcto cumplimiento e implementación del Sistema de Seguridad de la Información.
    Segundo: Que, de acuerdo a la resolución exenta N° 335, dictada por esta Dirección, el 25 de febrero del año 2011, el Subdepartamento Gestión de Clientes y Usuarios, dependiente del Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, posee entre sus funciones el Informar al Cliente sobre la organización, competencia y funcionamiento del Instituto, formalidades y plazos de las presentaciones o solicitudes presentadas; la documentación y antecedentes que deben acompañarse a éstas; los procedimientos y su tramitación y las demás indicaciones necesarias a fin de que el público tenga un acceso expedito y oportuno a sus diversas prestaciones.
    Tercero: Que, teniendo en consideración el aumento de las solicitudes de transparencia, como así también, los reclamos que se han presentado ante el Consejo para la Transparencia por respuestas otorgadas por este Instituto, se hace necesario crear una Sección dedicada principalmente a dar cumplimiento a la Ley de Transparencia; y

    Teniendo presente: Las disposiciones contenidas en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 60 y 61 letra a) del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en los artículos 8 y 10 letra a) del decreto supremo N° 1.222, de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; lo dispuesto en la ley N° 19.886 y su reglamento; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta N° 335, de 2011, del Instituto de Salud Pública, que determina su estructura orgánica, y en uso de las facultades que me otorga el decreto supremo N° 122, de 28 de diciembre de 2010, del Ministerio de Salud, dicto la siguiente

    Resolución:

    1.- Créase la Sección Sistema Integral de Atención Ciudadana y Transparencia (Sección SIAC y Transparencia), dependiente del Subdepartamento Atención de Clientes y Usuarios del Departamento Administración y Finanzas, pasando a depender jerárquicamente de dicho Subdepartamento a contar de la fecha de esta resolución.
    2.- La Sección SIAC y Transparencia tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:
a)  Elaborar, revisar y controlar las respuestas a solicitudes que se realizan a los distintos espacios de atención, ya sea por medio de cualquiera de los canales habilitados para dar cumplimiento a la ley Núm. 20.285.
b)  Estandarizar, coordinar y controlar las funciones de los Espacios de Atención de los que dispone este Instituto.
c)  Velar por el cumplimiento de los lineamientos gubernamentales, estratégicos y del marco legal de la atención de clientes y de los derechos ciudadanos.
d)  Actualizar el link de Gobierno Transparente Institucional.
e)  Coordinar y requerir a los responsables institucionales la actualización mensual del sitio de Transparencia Activa.
f)  Mantener contacto fluido con el Consejo para la Transparencia.
g)  Ser responsable por la gestión de las solicitudes de Transparencia Pasiva.
h)  Planificar el proceso administrativo de los espacios de atención en coordinación con sus responsables directos.
i)  Elaboración del Plan de Acción que incluye el Plan de Difusión de los espacios de atención del Instituto.
j)  Capacitar al personal de los distintos espacios de atención.
k)  Elaborar el informe Estado de Avance del Programa anual de trabajo del Sistema Integral de Atención Ciudadana.
l)  Diseñar, ejecutar, tabular y analizar los resultados de las encuestas de satisfacción.
m)  Colaborar en la implementación y mantención de las certificaciones de calidad de los espacios de atención institucionales, según el alcance que se determine.
n)  Efectuar la coordinación con otros dispositivos de información, tanto con los pertenecientes al propio organismo como con aquellas reparticiones con las que exista relación temática o del destinatario.
o)  Tener a su cargo el desarrollo inicial de las políticas de seguridad de la información al interior de la organización, el control de su implementación, y velar por su correcta aplicación.
p)  Coordinar las actividades del Comité de Seguridad de la Información.
q)  Coordinar la respuesta a incidentes que afecten a los activos de información institucionales.
r)  Establecer puntos de enlace con encargados de seguridad de otros organismos públicos y especialistas externos que le permitan estar al tanto de las tendencias, normas y métodos de seguridad pertinentes.
s)  Monitorear el avance general de la implementación de las estrategias de control y tratamiento de riesgos del Sistema de Seguridad de la Información.
t)  Mantener la correcta coordinación con otras unidades del Servicio para apoyar los objetivos de seguridad.

    3.- La Sección SIAC y Transparencia estará conformada por una Jefatura y un profesional de apoyo, los funcionarios que desempeñarán estas funciones son los siguientes:
    - La Jefatura de la Sección SIAC y Transparencia será ejercida por doña Sandra Carolina Vallejos, Profesional grado 8 EUS, del Departamento Administración y Finanzas.
    - Como profesional de apoyo se designa a doña Natalia Duque Herrera, Profesional suplente en el cargo de doña Carolina Corvalán Villaseca, del Departamento Administración y Finanzas.
    4.- Establécese que en caso de ausencia de la Jefatura de la Sección SIAC y Transparencia, sus funciones serán asumidas por la Jefatura de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias, y viceversa.
    5.- Incorpórense por la Asesoría Jurídica de este Instituto, los presentes cambios en el texto refundido de la resolución exenta N°335, de 25 de febrero de 2011.
    6.- Téngase presente que en todo lo no modificado en este acto rige íntegramente la resolución exenta N° 335, del año 2011, y sus modificaciones posteriores.
    7.- Publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Instituto de Salud Pública de Chile.


    Anótese, regístrese y comuníquese.- María Teresa Valenzuela Bravo, Directora.