Artículo 3º.- Modifícase el artículo 8º del decreto supremo Nº 170, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, como sigue:
a) Reemplázase el primer inciso por el siguiente:
"Las normas de aprobación de los exámenes teóricos serán las que se indican a continuación:
b) Reemplázase el segundo inciso por el siguiente:
"En todo caso, para aprobar este examen no podrá tenerse más de dos respuestas incorrectas en el ítem de conocimientos legales y reglamentarios.".