MODIFICA DECRETO Nº 277, DE 2010, QUE DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DEL MAULE, A CALLES O AVENIDAS QUE INDICA
Núm. 381 exento.- Santiago, 25 de marzo de 2013.- Vistos: Decreto Nº 277, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas; lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del decreto con fuerza de ley Nº 206 de 1960, Ley de Caminos; decreto Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado mediante decreto Nº 96, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, es necesario incorporar nuevas calles o avenidas urbanas a la administración de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, y desafectar otras, complementando lo establecido en el decreto Nº 277, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, en lo que compete a la Región del Maule.
Que, el artículo 24º del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, permite declarar caminos públicos a dichas vías urbanas. A su vez, el artículo Nº 25 del mismo cuerpo legal señala que los caminos públicos nacionales son, entre otros, los calificados como tales por el Presidente de la República.
Que, el numeral 1º del Capítulo IV "Ministerio de Obras Públicas" del artículo 1º del decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado mediante decreto Nº 96, de 2009, del mismo Ministerio, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar por orden del Presidente de la República la presente declaratoria.
Que, la materia a que se refiere este decreto está exenta del trámite de toma de razón, según el dictamen Nº 68.784, de 2009, de la Contraloría General de la República, en concordancia con lo dispuesto por la resolución Nº 1.600, de 2008, de esa misma Contraloría General.
Que, mediante oficio Nº 734, del 18 de mayo de 2012, el Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule solicita desafectar de la tuición del MOP, las vías urbanas de la ciudad de Linares.
Decreto:
1. Modifícase el decreto Nº 277, del 8 de marzo del año 2010, del Ministerio de Obras Públicas, en el siguiente sentido:
1.1 Agrégase en el numeral 2º, lo siguiente:
. Ruta K-55, Cruce Ruta 115 CH - Cruce K-15.
1.2 Agrégase en el acápite 1º, del numeral 3º, Talca, lo siguiente:
. El Sistema Vial que interconecta la Ruta 5 con
las Rutas K-55 y 115-CH, desde el límite urbano
oriente hasta la Ruta 5, a través de: 21 Norte,
Av. Las Rastras, Av. Puertas Negras y Av.
Pehuenche Sur.
1.3 Elimínase el acápite 4º, del numeral 3º, Linares.
2. Téngase presente que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza y de los Planes Reguladores, como lo ha declarado la Contraloría General de la República en el dictamen Nº 5.207, de 2001, entre otros.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, María Loreto Silva Rojas, Ministra de Obras Públicas.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Patricia Contreras Alvarado, Subsecretaria de Obras Públicas Subrogante.