1.1  Agrégase en el numeral 2º, lo siguiente:
    .    Ruta K-55, Cruce Ruta 115 CH - Cruce K-15.

1.2  Agrégase en el acápite 1º, del numeral 3º, Talca, lo siguiente:
    .    El Sistema Vial que interconecta la Ruta 5 con
          las Rutas K-55 y 115-CH, desde el límite urbano
          oriente hasta la Ruta 5, a través de: 21 Norte,
          Av. Las Rastras, Av. Puertas Negras y Av.
          Pehuenche Sur.

1.3  Elimínase el acápite 4º, del numeral 3º, Linares.

    2. Téngase presente que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza y de los Planes Reguladores, como lo ha declarado la Contraloría General de la República en el dictamen Nº 5.207, de 2001, entre otros.