1º.- Califícanse como establecimientos rurales de desempeño difícil, para el período comprendido entre los años 2013 a 2017, ambos incluidos, los establecimientos rurales de atención primaria de salud municipal que se señalan a continuación. Sus dotaciones suman 599.253 horas semanales, lo que constituye el 100% del total de horas de la dotación rural nacional. Ellos darán derecho a la asignación correspondiente, en los porcentajes que a continuación se indican:

TOTAL NACIONAL DE HORAS SEMANALES DE DOTACIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA: 2.150.456,70 HRS. SEM.
A. PRIMER TRAMO: 26% DE ASIGNACIÓN DE DESEMPEÑO DIFÍCIL
10% TOTAL NACIONAL DE HORAS SEMANALES DE DOTACIÓN RURAL = 59.906

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B. SEGUNDO TRAMO: 19% DE ASIGNACIÓN DE DESEMPEÑO DIFÍCIL
10% TOTAL NACIONAL DE HORAS SEMANALES DE DOTACIÓN RURAL = 59.959

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C. TERCER TRAMO: 10% DE ASIGNACIÓN DE DESEMPEÑO DIFÍCIL
80% TOTAL NACIONAL DE HORAS SEMANALES DE DOTACIÓN RURAL = 479.387

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    2º. Concédese una asignación de desempeño difícil de 15% al personal que labora en los Servicios de Atención Primaria de Urgencia Rural que se señalan, en las comunas que se indican, el que alcanza a 10.667 hrs. sem. que corresponden al 0,50% de la dotación de horas semanales totales del país: 2.150.456,70 hrs.

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    3º.- Modifícase el decreto Nº 130, de 2010, del Ministerio de Salud, modificado por el decreto Nº 2, de 2012, de ese mismo Ministerio, agregando los siguientes servicios de atención primaria de urgencia urbanos, a continuación del último establecimiento, Villa Alegre de Temuco, 7.598 horas semanales, dando un total de 65.731 horas semanales de dotación de SAPU urbanos 3,41% del total nacional de dotación de horas semanales de atención primaria.

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