APRUEBA NÓMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DEL TÍTULO I, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA GRUPOS EMERGENTES, CORRESPONDIENTE AL DECRETO Nº 1, DE 2011; DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACIÓN AL LLAMADO REFERIDO Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 715 EXENTA, DE 2013, EN EL SENTIDO QUE INDICA, DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DENTRO DE LA REGIÓN, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO
Santiago, 17 de mayo de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.446 exenta.- Visto: El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, en especial, lo previsto en el inciso cuarto de su artículo 13 y en sus artículos 20, 21, 22 y 23 y en el Título I de dicho Reglamento; la resolución exenta Nº 715, de este Ministerio, de fecha 5 de febrero de 2013, publicada en el Diario Oficial del 8 de febrero de 2013; la resolución exenta Nº 32, de fecha 4 de enero de 2013, también de este Ministerio, y sus modificaciones, y
Considerando:
a) Que por el número 1º de la resolución exenta Nº 715, de este Ministerio, de 2013, se llamó a postulación nacional en condiciones especiales 2013 del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en su Título I, fijándose los recursos destinados al financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución;
b) Que se hace necesario modificar el monto de unidades de fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución por Región dispuesta para dicho llamado, con el objeto de lograr una mayor atención para los postulantes a dicho llamado, existiendo recursos disponibles para ello;
c) Que el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, y la resolución exenta Nº 715 (V. y U.), de 2013, establecen algunas inhabilidades para postular al Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente
Resolución:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 715, de este Ministerio, de 2013, en el sentido de sustituir la tabla inserta en su número 2º, por la siguiente, fijándose un nuevo monto de unidades de fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y una nueva distribución de recursos por Región, de la que resulta la siguiente distribución del monto de recursos comprometidos para el financiamiento del subsidio directo para la atención de los postulantes seleccionados:

2º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del subsidio habitacional, correspondiente al llamado nacional en condiciones especiales 2013 del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en su Título I, dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 715, de este Ministerio, de 2013, nóminas que se entenderá forman parte integrante de esta resolución, y fíjase el número de postulantes seleccionados, de acuerdo a la distribución de recursos efectuada en el número anterior, por Región, según se indica en la siguiente tabla:

3º.- Déjanse sin efecto las 300 solicitudes de postulación para el llamado nacional en condiciones especiales 2013 del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, efectuado por el número 1º de la resolución exenta Nº 715, de este Ministerio, de 2013, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan, por las causales que en cada caso se expresan; dichas nóminas forman parte integrante de la presente resolución.
4º.- Publíquese en un periódico de circulación nacional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2º de esta resolución, así como el plazo de que dispondrán los interesados para poder presentar al Serviu respectivo, sus observaciones o reclamos, si correspondiere, y las nóminas de postulantes cuyas solicitudes de postulación fueron dejadas sin efecto, a que se refiere el número 3º anterior y exhíbanse dichas nóminas en las oficinas de los Serviu.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Francisco Javier Irarrázaval Mena, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.