MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 4.902 EXENTA, DE 2009
Santiago, 16 de mayo de 2013.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 1.763 exenta.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;
c) El decreto supremo Nº 127, de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico, y sus modificaciones;
d) La resolución exenta Nº 4.902, de 2009, modificada por la resolución exenta Nº 1.825, de 2011, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el Servicio Intermedio de Telecomunicaciones en la banda de frecuencias de 900 MHz;
e) El decreto exento Nº 960, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modificó asignación de frecuencias en la banda de 900 MHz;
f) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
a) Que unificar bloques de frecuencias segmentados permite un mejor aprovechamiento del espectro radioeléctrico;
b) Que, teniendo presente lo anterior, mediante el decreto citado en la letra e) de los Vistos se asignó, en la Región Metropolitana, el bloque de frecuencias 902,1 - 912,1 MHz pareado con 947,1 - 957,1 MHz, en reemplazo de frecuencias asignadas en diversos bloques de frecuencias no contiguos en la banda de 900 MHz;
c) Que el reemplazo de frecuencias antes señalado permitió, además, eliminar interferencias sobre terceros;
d) Que unificar los bloques de frecuencias empleados en la Región Metropolitana y el resto del país facilita la movilidad de los usuarios en el territorio nacional;
e) Que las concesiones para la operación del presente servicio fuera de la Región Metropolitana en la banda de 900 MHz ya fueron otorgadas;
f) En resumen, la necesidad de administrar eficientemente la utilización del espectro radioeléctrico, y en uso de mis atribuciones legales,
Resuelvo:
Modifíquese la resolución exenta Nº 4.902, citada en la letra d) de los Vistos, en el siguiente sentido:
Disposición Transitoria
Artículo único.- Por razones de buena administración del espectro radioeléctrico y considerando que las concesiones para operar el servicio en la banda de 900 MHz, ya fueron otorgadas, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de oficio, procederá a modificar las respectivas concesiones.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Jorge Atton Palma, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Geraldine González Santibáñez, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.
